
Parte de una premisa fundamental: la libertad es divisible. En ese sentido, el autor sostiene que no es cierto que la pérdida de parte de libertad importe la destrucción total de la misma. De hecho, la noción misma de gobierno republicano acuñada por la teoría contractualista clásica alberga desde su nacimiento a la noción de pérdida de libertad como fundamento de la sociedad civil. “Renunciar a cierta cantidad de libertad a cambio de la seguridad y comfort de una sociedad civilizada es de lo que se trata, según tipos como Hobbes y Locke, que influenciaron a los Padres Fundadores”, dice Kinsley.
Pero en la lucha entra la seguridad y la libertad, quienes están del lado de esta última llevan las de perder en términos argumentativos, ya que se ven obligados a apoyar meras abstracciones. “Argumentar por abstracciones mientras el otro lado argumenta sobre cuestiones prácticas, es –en cierta medida- una carga que los libertarios civiles siembre deberán soportar”. ¿Qué significa ésto? Mientras aquellos que propugnan mayor seguridad en perjuicio de 'algo' de libertad cuentan con las imágenes perennes de las humeantes Torres Gemelas para mostrar lo que la falta de seguridad causa, aquellos que defienden las libertades civiles en tiempos de guerra carecen de ejemplos tan gráficos y deben recurrir a peligros abstractos para sustentar sus posturas.
Pongamos un ejemplo. Si el gobierno decide escuchar las conversaciones telefónicas de los ciudadanos, no hay ningún mal en concreto en ello, siempre y cuando los escuchados sean terroristas planeando un sangriento atentado. Es el peligro de que el gobierno abuse de ese poder lo que los defensores de la libertad quieren prevenir. Pero se trata de un peligro abstracto, no tangible. Muchas veces, cuando el peligro se hace realidad, ya es demasiado tarde y los tanques adictos de algún dictador con biogote ocupan las calles en las que solíamos jugar a la pelota.
Pero Kinsley se pregunta cómo mejorar ese argumento. Cree que se trata de la vieja pendiente resbaladiza: primero será un árabe de nombre raro, luego serás vos. O primero serámlas comunicaciones telefónicas, luego los cajones de tu escritorio. Se trataría de un pozo en el que es fácil caer, pero del que es muy difícil salir.
También recuerda el autor que ese tipo de ‘restricciones a la libertad’ no están constitucionalmente prohibidas. Lo que la Constitución no permite es la falta de control sobre ese tipo demedidas. Dice Kinsley: "[La Constitución] requiere que el gobierno sea razonable, y que explique sus razones a alguien más. En breve: requiere un test de realidad. Reconoce que incluso la libertad existe en un mundo de compromisos. Pero no confiere al gobierno el poder de hacer esos compromisos".
Lo que exige la Constitución al gobierno es que éste demuestre ante un tercero que la invasión a la privacidad de un ciudadano está justificada por la existencia de un elemental estado de sospecha sobre el mismo. A raíz de las escuchas ordenadas por Bush, que no requerían el permiso y control previo de un tribunal, Kinsley finaliza diciendo: “Eso, era demasiado trabajo”.
1 comentario:
Creo que en definitiva los argumentos jurídicos juegan un papel totalmente secundario con relación a las decisiones políticas o corrientes ideológicas o filosóficas. Siempre habrá algún argumento más o menos convicente para sustentarlas, pero en el fondo lo que cuenta es el poder para imponerlas. Pido disculpas por el escepticismo.
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