El juez Stephen Breyer fue propuesto para la Corte Suprema de Estados Unidos por Bill Clinton, y es miembro del tribunal desde 1994. Recientemente, en un almuerzo en la Universidad de Nueva York, Breyer brindó algunos conceptos interesantes sobre el rol de la Corte Suprema y el concepto de democracia en la Constitución de EE.UU.
En primer lugar, Breyer se preguntó cuál es el rol que tienen los jueces en la sociedad. Según el juez, la democracia "tiene límites", y la Suprema Corte es la "patrulla de los límites". Es decir, el rol del tribunal sería mantener el orden de cosas dentro de los límites marcados por la Constitución. "El trabajo de un juez de la Corte es controlar los límites de la sociedad Americana, no decidir qué clase de sociedad debería ser", dijo Breyer.
Además, el juez se metió de lleno en cuestiones que hacen a la interpretación de la Constitución:
"Cuando entiendes que este documento tiene a la democracia en su corazón, entonces tienes un modo de aproximación que sirve para contestar algunas preguntas específicas".
La idea es interesante y recuerda la teoría propuesta por Ronald Dworkin de que los grandes principios constitucionales (como el de la libertad de expresión, por ejemplo) son "principios morales abstractos" que deben interpretarse según los fines de los mismos en el marco de un sistema republicano de gobierno.
La postura de Dworkin se presenta como contraria a la que sostiene que la Constitución debe interpretarse según "la intención" de los constituyentes, o que los términos de la misma deben interpretarse "según eran entendidos" en el momento en que la Constitución fue redactada.
Al ver que "la democracia" está "en el corazón" de la Constitución, los jueces tienen un elemento de interpretación que les sirve para desentrañar el sentido de esos "principios morales abstractos" de los que habla Dworkin. Recordemos al artículo 33 de la Constitución Nacional:
"Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno".
Esos derechos no enumerados o implícitos nacen del principio de soberanía del pueblo y de la forma republicana de Gobierno. Es decir, de "la democracia" de la que habla Beyer. Pero la Constitución norteamericana no cuenta con una disposición tan clara como la prevista en el artículo 33 de nuestra Ley Fundamental.
¿Será por eso que se discute tanto?
Via el Washington Post.
1 comentario:
Hola, me gustaría aprovechar tu artículo sobre los límites para invitarte a visitar una modesta tira cómica acerca de los límites que acabo de publicar en mi blog. Muchas gracias.
El Amante de los Límites y Abismos
Muchas Gracias!
Publicar un comentario