viernes, julio 27, 2007

Cuestionando Gente

Muy buena la iniciativa de Gus Arballo en su blog de someter a juristas a interrogatorios sobre su formación profesional. Empezó bien: Gargarella y Bovino. Ambos critican a la academia jurídica argentina por chata. No confían en la justicia local. Uno admira a Maier y otro nominaría -tal vez- a Marcela Rodríguez a la Corte Suprema de Justicia.

Hablando de jueces y buceando en la página de Gargarella (que ojalá se convierta en blog algún día) encontramos este texto sobre los jueces y la visión restrictiva que estos tienen respecto de la democracia. En él el autor refuta uno por uno los argumentos a favor de la llamada 'restricción' de los jueces a la hora de actuar como el tercer poder del Estado.

Partiendo del supuesto de que un juez decida obligar al Estado a dar un estipendio mensual por hijo a los cartoneros para asegurar el derecho constitucional a la educación de estos, sostiene que las siguientes teorías críticas de esa decisión son erróneas: a) que se trata de un abuso del derecho; b) que el 'activismo' judicial es inaceptable; c) que el activismo judicial es aceptable sólo en relación a derechos civiles y políticos que implican una obligación del Estado de no hacer o impedir, y no una de hacer mediante la asignación de recursos como en el caso de los derechos sociales; d) que una decisión así atenta contra la división de poderes; e) que una decisión así no es democrática por la falta de legitimidad eleccionaria del poder Judicial.

jueves, julio 26, 2007

El Regreso del Jedi

Interesante discusión en el rancho de Balkin. Bueno, más que discusión, monólogo. Pero de los buenos. Ahí pueden encontrar al profesor de Yale diciendo por qué el originalismo no es una posición de interpretación contraria a las gentes de izquierdas.

Básicamente, sostiene que la Constitución de los Estados Unidos es un documento progresista. Y cita un artículo de la revista en la que se estrelló Stephen Glass en el que se sostiene -siguiendo a Amar- que las reformas constitucionales del período posterior a la Guerra Civil incrementaron la noción de igualdad que ya estaba en el texto original de la Constitución post Bill of Rights.

Acá ya hablamos en otras oportunidades de las distintas teorías interpretativas que se arrojan en cara las derechas e izquierdas académicas de los Estados Unidos. En realidad, cualquier criterio por sí sólo y explicado livianamente no se sostiene ante algunas críticas puntuales. Lo que no obsta a que la teoría de la Constitución "viviente" en tanto que interpretación dinámica se nos presente como muy adecuada (además, JB explica que no es una posición que no se opone al originalismo rectamente entendido).

Claro que el orginalismo no es usualmente rectamente entendido. Veamos las opciones.

La discusión en torno al significado original de la Constitución nos lleva a un punto muerto. Porque lo original está vigente; a menos que se adopte una visión de la Constitución restringida a su texto original, lo que hacen prominentes conservadores que desde la época de Regan (¿o incluso antes?) vienen contraatacando, al mejor estilo de una película de la época.

Me imagino a los conservadores norteamericanos reunidos en un estudio fumando puros y preguntándose: "¿Qué excluimos: las enmiendas desde la X -especialmente esa molestilla XIV que permitió Brown-, las enmiendas incluyendo a las X o también la Constitución y nos quedamos con los inútiles artículos de la Confederación?

Cualquier opción se caracterizaría por su arbitrariedad: la Constitución vigente es la original, con todas sus reformas y enmiendas y el aumento del poder federal sobre los estados que integran la unión, que tan bien se expresó en todas las políticas del New Deal de la década del 30.

¿En el fondo no hay una visión que excluye muchas de esas reformas y que -de convertirse en visión predominante- barrerían con los mejores precedentes de la Corte de EEUU?

Pero aceptando el hecho de que la Constitución original es la vigente, podemos intentar discutir cuál es el real significado de esa Constitución, la vigente, la que tienen los Estados Unidos desde hace cientos de años. Y podemos intentar responder a la pregunta que se hizo Ferdinand Lasalle en el siglo XIX.

(Es un set de principios susurra Dworkin al oído, algo que parece haber entendido muy bien Frank Zappa cuando se calzaba trajes para defender la libertad de expresión).

Finalmente, en Slate hablan de la movilización creciente de las hordas progresistas en el campo del derecho americano, contra la derechización de la Corte.

Piu avanti!, que toda segunda parte tiene una tercera.

martes, julio 24, 2007

Rectificación

Los muchachos de El Jueves nos siguen divirtiendo a la distancia. Ahora, y luego de que el dibujante y el guionista reciban la citación para ir a declarar como sospechosos de haber cometido el delito de injurias, la pequeña revista que quiso y pudo sacó la siguiente tapa.


En tanto, en Córdoba, la familia de Nora Dalmasso demandará a América TV por la difusión de las imágenes de Nora Dalmasso, por el daño sufrido. ¿Que precedente debería jugar en el caso Morales Solá y todos los que le siguieron o Ponzetti de Balbín?

Y vuelven a prometer una nueva ley de radiodifusión para 2008.

Esperen sentados.

lunes, julio 23, 2007

El Tema Fue El Secuestro

Más allá del análisis que cabe hacer sobre la polémica desatada en España por la revista satírica El Jueves, hoy podemos ver que su página de Internet está plenamente rehabilitada, luego de una orden de quitar la polémica portada y el colapso como consecuencia de la gran afluencia de internautas.

Los muchachos de El Jueves publicaron allí un breve texto en el que sostiene que su deber hacia los lectores es "explorar los límites de la libertad de expresión". Y critica, fundamentalmente, la orden de secuestro de las publicaciones. Aquí está:

"Escribimos esta nota el viernes, 20 de Julio de 2007, a las 19h. Tenemos la redacción llena de medios de comunicación que nos preguntan el por qué del secuestro de la revista. No sabemos qué responderles. El Jueves ha publicado decenas, cientos de dibujos sobre la familia real ( y sobre políticos, famosos, la ETA y todo lo que se mueve). Incluso hemos publicado un libro, TOCANDO LOS BORBONES, un tomazo de 350 páginas que recopilaba los dibujos más divertidos.

Somos humoristas gráficos y trabajamos conscientes de que nuestra obligación, lo que nos piden los lectores, es que exploremos el límite de la libertad de expresión. Podemos aceptar que, incluso, en alguna ocasión, lo podamos traspasar . Gajes del oficio. Si nos pasamos para eso están los tribunales pero...¿un secuestro? ¿ la policía recorriendo los quioscos de todo el país retirando nuestra revista? ¿De verdad escribimos esto el 20 de Julio del 2007?"

Creo que los muchachos, por estos días, andan recordando otros momentos de la historia española.

domingo, julio 22, 2007

El Príncipe Está Desnudo

España, bella tierra que nos ofrece por estos días su cálido clima primaveral, aunque sea a la distancia. Pero también nos regala un caso interesante para repasar algunos conceptos relativos a la libertad de expresión, la crítica a los funcionarios y los límites que ella puede llegar a tener.

El caso tiene por protagonista a la revista El Jueves, un semanario satírico al mejor estilo de la revista Humor, esa que en nuestro país supo hacer historia no sólo en el campo del humor gráfico (que esta semana perdió a un maestro, vaya allí nuestro homenaje) sino en el del periodismo y la crítica audaz y descarnada.

Resulta que a los muchachos de El Jueves se les ocurrió sacar la siguiente portada.


"¡Fuerte!", diría el personaje de Santiago Segura en El día de la Bestia.

Y lo fue tanto que un juez español ordenó el secuestro de la revista por la supuesta infracción del artículo 490.3 del Código Penal español, que establece -en el capítulo de Delitos contra la Corona- que "el que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son."

Aquí la crónica de Clarin.

Pues bien. Analicemos el caso desde la perspectiva de los principios constitucionales que rigen -o deberían regir- en todas las democracias constitucionales (bueno, también en las monarquías constitucionales).

Desde este punto de vista, resulta evidente que la portada de El Jueves sólo generó polémica por la representación de un acto sexual entre el futuro Rey de España y su esposa. Si estuvieran vestidos y leyendo un periódico, la caricatura carecería tanto de gracia / sentido como de su supuesto carácter ofensivo.

Sin embargo, la tapa no se queda allí, en los príncipes desnudos. La caricatura contiene un diálogo que claramente ingresa dentro de la categoría de "crítica política", en el caso, a la institución de la monarquía. Y siguiendo la teoría de Sunstein sobre la libertad de expresión, es claramente un supuesto que ingresa en el core del discurso que se quiere proteger.

Como tal, debería aplicarse al caso un estándar de revisión estricto.

A fin de realizar esa revisión, nos encontramos con a) una previsión legal que castiga la conducta estudiada. Concretamente, se trataría de una "injuria", un término que según la definición de la Real Academia Española tiene un significado tan laxo y ambiguo que debería ser destarrado de los textos legales, particularmente de aquellos que castigan la expresión.

(Bueno, siguiendo a la CIDH, habría que eliminar las leyes de difamación de los plexos normativos americanos, pero esa es otra historia).

Pero además, nos encontramos con que b) el derecho a la libertad de expresión se presenta como un escollo para aplicar el tipo legal citado.

En nuestro país, en principio no podríamos aplicar el estándar clásico de la real malicia, en parte porque no estamos ante información "inexacta". No se trata de información, sino de opinión. Y la opinión es libre.

Es el principio que surge de los mejores precedentes de la Corte Suprema, aunque hay ocasiones en dónde los jueces han dicho que si la intención primordial era agraviar cabe el castigo penal.

En ese sentido, puede verse este fallo relativo al programa CQC. Un abogado del siglo XIX podría hacer referencia al animus jocandi de la tapa en cuestión. Lo evitaremos.

En el caso, esa intención de injuriar no parece estar presente, máxime cuando en el análisis se tiene en cuenta la razonable y legítima crítica política que contiene la caricatura.

Esa es, por otro lado, la opinión de la mayoría de los expertos a los que recurrió el diario El País.

Como dice el editorial de ese diario español, "la representación que hace la revista El Jueves de los príncipes de Asturias es zafia y grosera, pero es difícil admitir que tenga la intencionalidad injuriosa que el artículo 490 del Código Penal atribuye al delito de injurias cometido contra el Príncipe heredero de la Corona...".

Por último, es útil repetir lo absolutamente contraproducente que resultan los intentos de censura. Al fin y al cabo, si no se hubiese dado este escándalo, ni usted ni yo, estimado lector, sabríamos de la existencia de la revista, de la caricatura y del juez español que ordenó el secuestro de la revista.

Pero eso ya lo dijimos otras veces.

viernes, julio 13, 2007

Demasiado Postre y Pocas Verduras

¿Se acuerdan de Tony Danza? Es un actor de sitcoms americanas que supo tener éxito a fines de los 80 y principios de los 90. Trabajaba -de muy joven- en el programa que hizo famoso a Andy Kaufman.

Este sujeto resumió en una frase el problema de la televisión y el periodismo moderno. Dijo: "No nos dan lo que necesitamos, sino lo que queremos".

Dice Lisa Goldstein, en The Huffington Post: "No estamos obteniendo del periodismo de televisión lo que necesitamos para ser mejores ciudadanos informados. La lucha por el rating ha torcido completamente los valores periodísticos de las organizaciones que antes estaban orgullosas de ellos". Su reflexión nació luego de estar viendo el programa de Larry King, quien estaba entrevistando a Micheal Moore sobre su película Sicko -que quiero ver ya- y los problemas (para mí incomprensibles) del sistema de salud de EEUU.

Y resume su posición en una frase: "Los televidentes está recibiendo demasiado postre y muy poca carne y patatas". Lo que se plantea Goldstein es interesante: tal vez, si las grandes cadenas a través de las cuales se informa el público estadounidense hubiesen dedicado menos tiempo al affair Jay Lo/Ben Affleck y más a cuestionar las bases que sirvieron para la invasión de Irak, hoy miles de estadounidenses e iraquíes estarían vivos.

"¿Dónde está la indignación?", se pregunta Goldstein. ¿Por qué la gente no sale a las calles a protestar por la Guerra, por ejemplo, cómo sucedía hace 40 años?

"Creo que parte del problema es que nunca podemos profundizar en nuestra ira porque las organizaciones noticiosas -los facilitadores de nuestro diálogo nacional- constantemente enmascaran nuestros problemas con chismes que dejan afuera la información que necesitamos. Para pacificar a América y mantenernos sintonizados a las estaciones como felices, tranquilos zombies".


Durísimo. Un llamado de atención que se aplica a todo el mundo. La Argentina no escapa a nada de lo dicho en estos párrafos.

Nota mental. Que bueno sería (estaría bueno...) que un grupete de 10 estudiantes de comunicación con tiempo libre se dediquen a ver, cada uno de ellos, seis horas de TV por día, cada uno de ellos un canal de TV abierta. Y anotar el contenido de cada programa en categorías (chisme, espectáculos, interés general, política, economía, etcétera). Eso lo extendemos una semana. El resultado sería, simplemente, asombroso y pintaría muy bien el estado del debate público de la Argentina, porque -no olvidemos- la gente se informa más por radio y TV que por los diarios.

miércoles, julio 11, 2007

No Es Una Tostadora Con Imágenes

Si hay alguien con autoridad para hablar de medios de comunicación y democracia, es el gran filósofo aleman Jurgen Habermas. Y hoy lo hizo en Clarín, rechazando básicamente la idea de muchos de que la televisión es sólo "una tostadora con imágenes".
Habermas ataca la idea de que la televisión debe ser sólo para consumo comercial. Y lo explica claramente.

"Los oyentes y los espectadores no son únicamente consumidores y por ende usuarios del mercado: son también ciudadanos que gozan de un derecho de participación cultural, de acceso al hecho político y de participación en la formación de la opinión. Sobre la base de esta exigencia jurídica, los programas que garantizan a la población esa 'provisión de fondo' no pueden volverse dependientes de su eficacia publicitaria y del apoyo de patrocinadores".

¿Está claro?

martes, julio 10, 2007

Una Buena

Porque no todos son aplazos para el Gobierno en materia de radiodifusión pública. Hoy, el diario La Nación publica una laudatoria nota del canal Encuentro, un canal cultural y educativo que impulsó el ministro de Educación Daniel Filmus.

La verdad, es que el canal está buenísimo. Sólo falta que vaya por aire, lo que requeriría ordenar un poco el espacio radioeléctrico, lo que requriría sancionar una nueva ley de radiodifusión.

Pero esa es otra discusión. Según el director de Encuentro, el cineasta Tristán Bauer, el canal compra de afuera el 60 por ciento del contenido, y el 40 restante es producción local. La idea es revertir ese porcentaje en los próximos años. Además, tiene un presupuesto de 17 millones de pesos, lo que -teniendo en cuenta la calidad del contenido- parece una verdadera ganga.

Por otro lado, Canal 7 también muestra algunas cosas interesantes. Hay programas de calidad, contenidos culturales, pasan cine argentino bueno y nuevo en algunas noches. En cuanto a la cobertura informativa, debo decir que la mayoría de las veces la ví perfectamente equilibrada y tocando todos los temas, sin escaparle a nada. Sólo algunos discursos del matrimonio presidencial se pasan en directo y completos, lo que no parece seguir criterios de noticiabilidad. Pero son detalles fácilmente corregibles.

Ojalá sea el principio de una nueva televisión pública.

lunes, julio 09, 2007

¡Nieva en Buenos Aires!

Más precisamente, en Belgrano "R", en Tronador y Los Incas.



¿Hace cuanto que ésto no pasaba?

Actualización de la nochecita. Según mi viejo, la última vez que nevó "mi mamá era chiquitita". Los diarios lo confirman: la última vez fue en 1918.

Me imagino a mi abuela jugando en la vereda.

domingo, julio 08, 2007

Ay, Juancito (Algo Huele Mal)

La memoria, siempre, puede fallar. Sin embargo, siguiendo los dictados de la mía puedo afirmar que hacía años que no veía en Clarín una investigación periodística sobre los manejos fiancieros de una oficina pública tan contundente y acusatoria como la que publicó hoy como principal título de tapa.

La lupa del gran diario argentino se colocó sobre la Secretaria de Medio Ambiente, Romina Picolotti, a quien se acusó de haber contratado a una enorme cantidad de empleados con sueldos altísimos, muchos de ellos amigos, pariente o conocidos. También se la acusó de contratar jets privados para hacer viajes, de alquilar inmuebles sin destino cierto y comprar muebles que descansan en los pasillos de la Secretaría y sus distintas dependencias oficiales.

Las respuestas dadas por Picolotti a las preguntas del cronista son endebles. Veremos como enfrenta en los próximos días la situación esta funcionaria pública que ocupa un asiento que supo acobijar a la defenestrada María Julia Alsogaray.

En cuanto a la investigación en sí, se puede decir que la misma es "sólida". Cuenta con documentos que acreditan los gastos y describe un mecanismo de manejo del dinero del Estado que permitiría manejos turbios. Se trata de un acuerdo firmado entre la Secretaría y la Fundación ArgenINTA que permite que ésta última pague -con fondos públicos- varias cuentas ordenadas por la Secretaría (que, dicho sea de paso, es la que provee de fondos a la Fundación).

Dice la nota que firma Claudio Savoia:

"... a través de distintas cartas acuerdo le permitía (a la Secretaría) remitir a esa fundación pública fondos que luego podía usar con sólo elevar una nota al director ejecutivo de ArgenINTA ordenándole pagar las facturas que acompañaran esa nota."

De todas formas, de las múltiples fuentes consultadas, no hay ninguna fuente on the record. Muchas veces, este tipo de investigaciones no podrían avanzar un centímetro si los informantes no pudieran confiar en mantener su identidad en reserva.

Pero la existencia del off the record obliga a hacer algo que se debería hacer siempre al leer una nota periodística de estas características: preguntarse por los motivos de quien esconde la mano luego de arrojar la piedra.

Ay, Juancito

Un párrafo aparte merece el recuadro sobre el hermano de la funcionaria, quien actúa como Jefe de Gabinete de la Secretaría.

Básicamente, se lo acusa -con fuentes contradictorias- de haber sido echado de un departamento de Puerto Madero por las fiestas que se extendían hasta la madrugada inluso los días de semana. Y se da como posibilidad que el alquiler -de us$ 1.600 mensuales- fuese pagado por la Fundación ArgenINTA con dinero del Estado.

Recordar al hermano de Eva Perón, Juan Duarte, es casi inevitable por la coincidencia en el nombre de pila.

Finalmente, cabe destacar algunos elementos en cuanto a la edición. Es terrible y acusatoria, desde el principio. Ya el título habla de "extraños manejos". La foto elegida para ilustrar la nota muestra a una Romina Picolotti bajo una luz lúgubre y temerosa, que hubiese sido difícil de lograr incluso en un estudio. El epígrafe reza: "En las sombras".

Además, se anuncia mañana una investigación sobre los problemas del Plan de Saneamiento del Riachuelo que está evaluando la Corte Suprema y -para colmo- la explicación de Picolotti lleva como título que "Todo es claro como el agua". Justo cuando estábamos hablando del Riachuelo.

Lo que lleva a la última reflexión. ¿Cuántas son las empresas que vierten sus desechos industriales al río y cuánto dinero les costaría dejar de hacerlo y establecer un mecanismo de disposición de desechos que cuide del medio ambiente? No tengo la cifra, pero la pregunta se resume en una palabra: intereses. Muchos, muchos intereses en que eso no se haga.

Cuando se estudia todo los días a los medios de comunicación, es difícil escaparle al cinismo del último párrafo.

viernes, julio 06, 2007

Mini Renovación

Esta bitácora, que tanto tiempo supo estar abandonada y desamparada en las áridas tierras de la blogósfera, se ha renovado un poquito.

Hemos recuperado las fotos rotativas del header, que cambian cada vez que se actualiza la página.

Pero le hemos agregado algo más y mejor.

Desde hace mucho tiempo, vengo recolectando frases célebres, pensamientos, preguntas y afirmaciones que me llaman la atención. Sea que esté o no de acuerdo con ellas, me gustan por razones desconocidas, por su elocuencia o su mensaje. Algunas hasta son difíciles de explicar, porque las anote en momentos particulares, tal vez leyendo algún libro concreto o viendo alguna película.

Ahora, como subtítulo de este blog aparecerán esas frases cada vez que se actualice la página. Como un modo de tener presente a este colección que -esperamos- crezca día a día.

miércoles, julio 04, 2007

Anotaciones Sobre Las Fotos De Dalmasso

El tema de la difusión de las fotos de la escena del crímen de Nora Dalmasso generó un interesante debate en eBlog. Participaron, entre otros, Zannoni, Facundo Pastor y Papipo. Se cruzaron feo.

Sobre el tema tengo una opinión formada, desde el punto de vista de la ética periodística y desde el punto de vista de los aspectos legales. Como dijo Jack, vayamos por partes.

El tema ético

El periodismo es una profesión de valores. Verdad, justicia, objetividad. Generalidades altamente discutidas en el mundo académico y profesional que -sin embargo- se expresan en algunas normas básicas del proceso de construcción de la noticia, de la rutina diaria que permite construir lo que Martini llama "ese objeto".

Así, con el objeto de respetar cierta objetividad, una norma básica que todo periodista debería tener presente a la hora de construir una crónica es no excluir a voces relevantes, lo que comunmente se llama "dar las dos campanas". O para respetar el principio de verdad (o veracidad), se exige chequear la información con distintas fuentes independientes entre sí.

Pero de la realidad a los hechos, hay un trecho. El proceso de construcción de la noticia y la rutina de producción es cada vez más corto. Las 24 horas del diario es casi un lujo: en Internet prima lo instantáneo. En TV, los tiempos varían según el producto noticioso que se ofrezca. así, se puede contar con días para preparar un informe o sólo con horas.

Si a esta realidad le sumamos la precarización laboral ya tradicional del sector, tenemos un panorama que sirve al menos para explicar algunas de las faltas éticas más comunes de la profesión.

Sin embargo, y a pesar de todo ello, las normas éticas están. La mayoría de los periodistas creen que hay límites éticos para su trabajo. Así lo revelan las distintas encuestras mencionadas por Pablo Mendelevich en su libro Ética periodística en la Argentina y en el Mundo, editado por FOPEA. Cuando el autor recorre los códigos de ética del mundo, se para en un tema que es el "sensacionalismo", acusación principal que pesa contra el noticiero de América TV que difundió las imágenes. Porque, a favor de los periodistas responsables, cabe recordar que éstos no "mintieron" y respetaron el valor de "verdad" que se ubica al tope de la pirámide del ethos periodístico.

Para citar sólo un ejemplo, el código de Ética de Suecia manda a demostrar "la máxima consideración posible con las víctimas del crímen y los accidentes". Siguiendo ese parámetro, América TV violó la ética periodística. Claro que estas reglas ni están escritas en la Argentina, ni son obligatorias para todos, y siempre son discutibles. Algunos creemos que sirven y son útiles. Otros creen que no. Hasta ahí llega el límite de la discusión.

Por lo pronto, tenemos el proyecto de Código de Ética de FOPEA, bastante básico y obligatorio para sus miembros.

Aspectos legales

Varios hicieron mención al caso Ponzetti de Balbín. Recordémoslo: fue la decisión de la Corte Suprema de Justicia del 11 de diciembre de 1984 por la cual se condenó a Editorial Atlántida a resarcir el daño causado a la esposa y al hijo del dirigente radical Ricardo Balbín al publicar una foto de éste convaleciente en terapia intensiva en la tapa de la revista Gente.

Es el leading case más importante en materia de privacidad y libertad de expresión, y un buen ejemplo de buena técnica judicial. Como siempre digo en clase, cuando me toca hablar de este tema, la Corte Suprema tomó un camino que -primero- pasa por hacer referencia a los cambios experimentados por los medios de comunicación en los últimos siglos. El diario individual del pasquinero que imprimía en el fondo de su casa dio paso a grandes corporaciones que en el periodismo encontraron un gran negocio.

Y luego define en forma amplia lo que es la privacidad de las personas. Lo hace en el considerando octavo, dónde dice:

"En relación directa con la libertad individual protege jurídicamente un ámbito de autonomía individual constituida por los sentimientos, hábitos y costumbres, las relaciones familiares, la situación económica, las creencias religiosas, la salud mental y física y, en suma, las acciones, hechos o datos que, teniendo en cuenta las formas de vida aceptadas por la comunidad están reservadas al propio individuo y cuyo conocimiento y divulgación por los extraños significa un peligro real potencial para la intimidad. En rigor, el derecho a la privacidad comprende no sólo a la esfera doméstica, el círculo familiar de amistad, sino otros aspectos de la personalidad espiritual física de las personas tales como la integridad corporal o la imagen y nadie puede inmiscuirse en la vida privada de una persona ni violar áreas de su actividad no destinadas a ser difundidas, sin su consentimiento o el de sus familiares autorizados para ello y sólo por ley podrá justificarse la intromisión, siempre que medie un interés superior en resguardo de la libertad de los otros, la defensa de la sociedad, las buenas costumbres o la persecución del crimen".

Y luego habla de la privacidad de las "personas públicas". Y afirma el principio de que "su actuación pública o privada puede divulgarse en lo que se relacione con la actividad que les confiere prestigio o notoriedad y siempre que lo justifique el interés general". Es la regla básica para que el periodista sepa cuando parar. Claro que es una regla no siempre clara, y muchos casos podrán ubicarse en una zona gris que requerirá de nuevos exámenes e interpretaciones. Eso es el carácter evolutivo del derecho.

Las diferencias con el caso Dalmasso son claras: Balbin era una persona pública, ni Dalmasso ni su familia lo eran antes de su asesinato. La similitud la encontramos en relación al medio fotográfico como causante del daño. Sin embargo, la definición de amplia de privacidad dada por la Corte es plenamente aplicable, y no parece haber en el caso ninguna excepción de interés público -que obviamente no es 'lo que el público quiere ver- que permita apartarse del parámetro de respeto a la privacidad que la Corte, interpretando la Constitución, exige a los periodistas.

Sin embargo, hay otro aspecto que no debería ser dejado de lado en el análisis. Algunos dijeron que las fotos fueron "robadas" del expediente, y que su difusión -por ello sólo- constituye un delito. Otros defienden la multa con que amenazó la jueza para aquellos que la difundan. Esto requiere dos respuestas:

1. La decisión de la jueza de prohibir la difusión de fotografías tiene, en principio, una fuerte presunción de inconstitucionalidad. Es una técnica de interpretación legal que indica que, ante una libertad "privilegiada" como es la de prensa, cualquier decisión que a priori la restrinja debe ser sometida al más "estricto escrutinio" (strict scrutinity) por parte de los jueces. En el caso, la decisión podría ser discutida ante la justicia. La decisión final debería versar sobre el carécter de interés público del material, su posibilidad de ser reservado, etcétera.

2. El hecho de que las fotos fueran robadas no agrega mucho a la discusión. Me refiero: por sí sólo, ese hecho no sirve para poder afirmar que las fotos no pueden ser publicadas. Y para ello hay que remitirse al caso de los Pentagon Papers, conocido como New York Times v. United Sates y decidio por el alto tribunal de los EEUU el 30 de junio de 1971.

En esa oportunidad, un oficial de inteligencia había extraído ilegalmente material confidencial de la CIA y lo había "filtrado" a la prensa, concretamente, al New York Times. Hacía referencia a la Guerra de Vietnam y a cómo el Gobierno había ocultado y mentido respecto de las estadísticas a los ciudadanos. Un caso de whistleblower para colgar de la pared.

El presidente Nixon alegó tener autoridad como presidente para ordenar la no publicación del material, y un juez le dio la razón y dictó una medida cautelar. Se trataba de un caso de "censura previa", prohibición casi absoluta tanto en la Constitución de EEUU como en la nuestra. Los jueces norteamericanos acordaron con la decisión de las intancias anteriores, que habían sostenido que en el caso no se presentaba un peligro "grave e irreparable" con la publicación de los documentos.

Esto significa que el tribunal tuvo en consideración el contenido de los documentos, y no actuó sólo en base a su carácter confidencial asignado por la administración.

Este principio implica que un material no basta con ser etiquetado como reservado para ser excluido de la prensa. Inlcuso cuando su obtención es producto de un delito, como en el caso del Pentágono. Lo que implica que el mero hecho de que las fotos de Dalmasso fueran del expediente y que el mismo estuviera reservado no significa que las mismas -por ese sólo hecho- no deberían publicarse.

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martes, julio 03, 2007

Pero Que Bebe Más Feo

La frase -genial- pertenece a la profesora de Sranford Pam Karlan, quien dijo en un panel en la American Constitution Society: "Si este es el nacimiento de una nueva era constitucional, sólo tengo que decir: que bebe más feo".

La frase hace referencia al giro a la derecha que la Suprema Corte de los Estados Unidos habría dado en su último term. De la mano de los nuevos jueces conservadores designados por el presidente George Bush, el alto tribunal de los EEUU parece haber decidido ciertas cuestiones desde una perspectiva más conservadora que antes.

El resultado, por supuesto, era previsible. Ello motivó la crítica de Emily Bazelon en Slate a los liberals que en su momento apoyaron la nominación de John Roberts a la presidencia del tribunal. Y Emily retóricamente se pregunta: "¿Lo lamentan ahora?".

Por supuesto que no cabe realizar un examen exhaustivo de la jurisprudencia del tribunal en este período, particularmente cuando no se han leido las sentencias. Y máxime que sabemos que las sentencias de estos tiempos, en todas latitudes, suelen estar bastante impregnadas de ambiguedades y recovecos teóricos que impiden sacar conclusiones claras de ellas. (¿No se les hace difícil que hoy se diera un caso como Siri o Kot, tan claro, corto y tracendente? Pero me fui de tema).

Sólo vi -bastante por encima- el caso del Bong Hits 4 Jesus.

Los hechos de Morse v. Frederik eran los siguientes: un grupo de estudiantes de una escuela mostró en un evento auspiciado por ella un cartel que decía: "Bong Hits 4 Jesus". Es una frase oscura para nosotros, los argentis, por lo que debería ser explicada. Bong es una especie de pipa que se usa para fumar marihuana; hits es como "saque" (¿se acuerdan de Lestelle?); el resto es obvio, para Jesus. Algo así como "Saques para Jesus". Como Jesus es bueno, diríamos que "saques para todos".

Esa es la interpretación del texto que llevó a las autoridades del colegio a sancionar a los alumnos, quienes respondieron basándose en un reclamo sobre la Primera Enmienda a la Constitución de los EEUU.

Básicamente, lo que dijo la Suprema Corte es que la escuela puede restringir el discurso de los estudiantes si el mismo es razonablemente entendido como promotor del consumo de una droga ilegal.

En los argumentos orales se citó al caso Tinker v. Des Moines, del que ya hablamos aquí. Claro que el discurse ahí era claramente político: los estudiantes tenían brazaletes con el símbolo de la paz. En este caso no. ¿No? Es una pregunta interesante: ¿el discurso que promueve el consumo de droga es una apología de un delito o un llamado a su despenalización, siendo en este último un discurso político que debería estar protegido?

Pues bien, la Corte resolvió como se dijo anteriormente, en una votación cerrada de 5-4, aunque con una disidencia / concurrencia parcial de Breyer. La Corte entendió que había un interés importante -"tal vez incluso sustancial"- en el Estado en luchar contra el consumo de drogas ilegales por parte de estudiantes. Además, citando estadísiticas, la Corte -en un voto de Roberts- dice que estamos ante un peligro "serio y palpable" de uso de drogas.

Sin embargo, cabe preguntarse si ese peligro serio y palpable -que recuerda a la doctrina del clear and present danger elaborada por Holmes en el caso Shenck de 1919- podría inducir directamente como resultado lo que se quiere evitar: el consumo de drogas. No parece, pero estamos en un campo -discurso en escuelas- bastante más restrictivo que el discurso público general.

En tanto, Thomas dijo que Tinker debería ser dejado de lado ya que no hay un derecho a la libertad de expresión en cabeza de los estudiantes. Si su posición prosperase, una de las mejores frases en la historia de la Corte de EEUU caería (cito de memoria y aproximadamente: "Los estudiantes no dejan sus derechos en la puerta de la escuela").

En principio, la distinción con Tinker parece clara y razonable; el discurso me parece ser de otro tipo. Y razonable la restricción al mismo de la escuela. Sin embargo, muy respetables opiniones criticaron el caso.

Otros temas

En tanto, siguiendo la guía que preparó el New York Times relativa a este período de la Corte, estos son los otros temas trascedentes que decidió (seleccionados según la importancia dada por el autor de este blog):

Aborto. Mantuvo la constitucionalidad de una ley federal que prohíbe el aborto de "nacimiento parcial". Algunos señalan la contradicción con un caso anterior que había anulado una ley estadual similar.

Discriminación positiva. Anuló la decisión de dos distritos escolares de utilizar la "discriminación positiva". Es un caos interesantes que debería ser analizado en profundidad.

Discriminación en el pago. Sostuvieron que los 180 días que prevé la ley para reclamar no se renuevan cada vez que se cobra un cheque.

Impuestos / Gastos del Gobierno específicos. Dijo el tribunal que el contribuyente no puede demandar para impedir que el Gobierno gaste -en este caso- en programas de iniciativas comunitarias basadas en la fe (acá hay otro tema de primera enmienda).

Reforma al financiamiento de campañas. Según el NYT, se abrió una amplia excepción a restricciones aceptadas hace cuatro años por la Corte.

Pena de muerte. Aceptó que un condenado "loco" no puede ser condenado a muerte por no entender por qué fue condenado.

En todos los casos, las mayorías estuvieron integradas de manera más o menos similar. El voto decisivo fue el del juez Kennedy, el nuevo swing vote del tribunal luego de la salida de Sandra Day O' Connor, tal como decíamos hace un año y medio. Sus decisiones pueden orientar al tribunal en uno y otro sentido.