Como todos sabemos, el gobierno argentino consiguió la medida judicial favorable que necesitaba para concretar el canje de la deuda: la Corte Federal de Apelaciones de Nueva York falló tal como esperaba el Palacio de Hacienda al confirmar el levantamiento del embargo que los fondos especulativos Elliot y Dart habían logrado trabar sobre US$ 7000 millones en bonos sometidos al intercambio.
Más allá de la noticia en sí, es interesante el comentario de Martín Caselli en La Nación, que resalta características concretas de la justicia norteamericana. Suele decirse que el juez norteamericano tiene una visión más práctica al resolver el conflicto que el juez argentino. Y se ha dicho que esa diferencia nace en la diferencia entre el common law y el derecho continental: el sistema anglosajón respetaría más la noción de derecho vivo que cabe asignarle a la labor de los jueces y a sus resultados. - Fin -
Más allá de la noticia en sí, es interesante el comentario de Martín Caselli en La Nación, que resalta características concretas de la justicia norteamericana. Suele decirse que el juez norteamericano tiene una visión más práctica al resolver el conflicto que el juez argentino. Y se ha dicho que esa diferencia nace en la diferencia entre el common law y el derecho continental: el sistema anglosajón respetaría más la noción de derecho vivo que cabe asignarle a la labor de los jueces y a sus resultados. - Fin -
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