miércoles, noviembre 30, 2005

A trabajar ocho veces al año

Es lo que hizo la Cámara de Diputados, que sólo sesionó este año en ocho oportunidades. Supuestamente, fue a pedido del Ejecutivo, quien temía que la Cámara Baja se convirtiera en un escollo de su gestión.

A raíz de la falta de sesiones, muchos dictámenes de Comisión y proyectos de ley caerán en el olvido cuando hoy finalizen las sesiones ordinarias, que empezaron --por mandato Constitucional en el artículo 63- el primero de marzo pasado.

Clarín informa que el titular de la Cámara Eduardo Camaño, dijo en un acto de entrega de medallas a los diputados salientes:

"...hemos votado todas las leyes que los gobiernos han pedido..."

Lo dijo como algo bueno.

Se aprobaría el proyecto de Cristina K referente al Consejo de la Magistratura

El proyecto de Cristina Kirchner que busca modificar la composión del Consejo de la Magistratura y aumentar la influencia del oficialismo está cerca de aprobarse. Hoy será tratado por la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado --que preside la primera dama- y todo indica que será aprobado.

Como dijimos hace unos días, la movida del oficialismo reduce el número de miembros de modo tal que el oficialismo aumentará considerablemente su influencia en el órgano creado en 1994 y previsto en el artículo 114 de la Constitución. Esta disposición establece:

"El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.

El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley.

Serán sus atribuciones:
  1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores.
  2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.
  3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia.
  4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.
  5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.
  6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia".

Los dos principales diarios del país trataron los temas. Clarín fue claro cuando sostuvo:

"La iniciativa propone reducir de 20 a 13 el número de miembros del Consejo de la Magistratura, con lo cual se reforzaría la presencia del oficialismo y se reduciría la representación de las minorías".


Además de mayoría propia, el oficialismo aumentaría su representación en el Consejo en un 13% respecto de la que tiene ahora.

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) fue claro en su juicio sobre la medida. Sostuvo la institución que nuclea a los abogados de Capital que, de aprobarse el proyecto oficialista, estaríamos ante "el mayor retroceso en la Justicia desde la ampliación de los miembros de la Corte Suprema". Esa meida fue adoptada por el ex presidente Carlos Menem en 1990 y produjo una cataratas de críticas.

Por su parte, Adrián Ventura criticó el proyecto en una columna en La Nación. El periodista y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires, dijo:

"A la luz de las decisiones de los últimos días, el Poder Ejecutivo parece haber interpretado que los resultados de las elecciones legislativas le permiten concentrar el ejercicio del mando.

Esa pretensión quizá sea aceptable -aunque no sea conveniente ni sabia- si se la pretende ejercer sobre la administración pública, que depende del Presidente, pero no es constitucionalmente admisible si se la quiere extender al Poder Judicial".


Opinión

El proyecto impulsado por el oficialismo muestra a las claras que la decisión de los Constituyentes de no regular dentro del texto de la Constitución la composión del Consejo de la Magistratura fue una de las peores decisiones adoptadas por la Convención de 1994.

Al establecer sólo los principios que debería respetar la ley que regulara el modo en que el Consejo sería conformado, los Constituyentes abrieron la puerta a que eventuales mayorías en el poder busquen aumantar su influencia dentro de un órgano ajeno a los poderes políticos del Estado.

Debe tenerse en cuenta que al Consejo corresponde elegir a los jueces de los tribunales inferiores, decidir el sometimiento de esos jueces a juicio político, administrar y ejecutar el presupuesto del Poder Judicial y dictar reglamentos internos de organización de la justicia.

El ejercicio arbitrario de estas faultades por parte de un Consejo dominado por una mayoría circunstancial sería una vía más que idónea para presionar a otro poder que --en teoría- debe ser independiente de los poderes políticos.

Piénsese en la decisión de someter a Jury de enjuiciamiento a los magistrados, la no aprobación de partidas presupuestarias, etcétera.

Tal vez, ahora podamos festejar el hecho de que en la pelea entre el Consejo de la Magistratura y la Corte Suprema de Justicia en torno a determinar quien es la cabeza del Poder Judicial, sea la Corte quien tenga la última palabra.

martes, noviembre 29, 2005

997, 998, 999...999...999...999

Estados Unidos está a un paso de alcanzar las 1000 ejecuciones desde que la Suprema Corte de ese país reestableció en 1976 (Gregg vs. Georgia) el derecho de los Estados a aplicar la pena de muerte como modo de castigo penal.

La pena de muerte estaba suspendida de facto desde 1972, año en el que la Corte emitió una decision (Furman vs. Georgia) considerando que la pena de muerte era un castigo "cruel e inhumano" y que por tanto violaba la 8va. Enmienda a la Constitución de ese país, que prohíbe ese tipo de penas. Estas consideraciones fueron hechas en relación a las particulares formas en que la pena de muerte era aplicada en el estado de Georgia.

Una encuesta de Gallup dice que el 64% de los americanos apoyan la pena de muerte. Es la cifra más baja en los úlitmos 27 años.

Los Estados rojos tienen la pena de muerte, en el verde no se ejecutó a nadie desde 1976 pero existe, en los azules no hay y en los naranja se declaró que el castigo capital es inconstitucional.

Ese paso debería darse mañana, pero el gobernador de Virigina decidió conceder "clemencia" al preso condenado, de modo que la cifra redonda de 1000 deberá esperar un tiempo para inscribirse definitivamente en los libros de historia. Tal vez, es el temor a esos extraños objetos repletos de hojas eternas los que llevaron al gobernador de Virigina a conceder clemencia en este caso.

Pero... ¡ impulsores de la pena de muerte, no os preocupéis!. Si George W. vuelve a Texas, seguramente permita que la ejecución 1000 llegue a buen puerto. No por nada es el estado que más ejecuciones realizó y que más presos tiene esperando la aplicación de la pena.

Temor a la historia, seguramente no tiene.

La decisión en el caso Furmann estaba también influecniada por la sospecha de que las condenas habían sido impuestas por motivos raciales. El juez Stewart Potter lo mencionó, pero lo dejó a un lado por no estar debidamente acreditado. Otros dos jueces hicieron referencia a la mala calidad del asesoramiento legal recibido por los condenados.

Brennan y Marshall dijeron que la pena de muerte era incompatible con los "evolucionantes estándares de decencia" de la sociedad americana. La encuesta de Gallup muestra que, lamentablemente, en eso se equivocaban.

sábado, noviembre 26, 2005

George Best (1946-2005)

Un genial jugador de fútbol ha muerto. Si saben poco de él (como yo) desásnense al ritmo de Duran Duran.



Bye.

Una presencia para discutir

Eduardo Luis Duhalde, Secretario de Derechos Humanos de la Nación, estuvo ayer en tribunales con la familia de Marcos Schenone, el joven brutalmente asesinado por Hugo Conzi hace tres años. Acompañó a la familia durante la lectura de la sentencia en la que un tribunal de San Isidro condenó a Conzi a 25 años de prisión.

Cabría preguntarse si la presencia de un funcionario del Poder Ejecutivo es conveniente en el marco de un proceso judicial, teniendo en mente el principio de separación de poderes que establece la Consitución Nacional. Es difícil no interpretar el gesto de Duhalde como lo que realmente fue: un apooyo a la familia del joven asesinado. Pero ese apoyo implica también "mirar con agrado" a un fallo condenatorio.

En beneficio de Duhalde, puede señalarse que concurrió al acto de lectura de la sentencia, lo que implica que los jueces ya habían decidido y que no podían sentirse "presionados" por la presencia de un alto funcionario del Poder Ejecutivo. Pero teniendo en cuenta que aún resta la etapa recursiva en la que los abogados de Conzi apelarán la sentencia...

Puede parecer un poco exagerado, pero en estas cuestiones tan delicadas es mejor mantener las formalidades.

Arranca 3.0 (y estamos abordo)

La Asociación 3.0 [Periodismo Argentino en Blog] ya cuenta con su sitio oficial, y I&L es parte de la movida junto a amigos como Mirá!, El Caballero de la Triste Figura, Visualmente y Zoom.

La Asociación es dirigida por Leandro Zanoni (eblog) y Darío Gallo (Bloc de Periodista). Reúne a varios periodistas o estudiantes de periodismo que mantienen un blog de por lo menos dos meses de antiguedad y con un promedio de 3 entradas por semana.

Por supuesto que nuestro blog no cambiará su contenido, como dice el sublema de I&L: Derecho Constitucional y otras cuestiones fundamentales. Para quien siga el blog, se habrá dado cuenta que todo aquello relacionado con los medios es fundamental para la vida de la República, y suele recibir merecida atención en este espacio.

Finalmente, la libertad de expresión es uno de mis temas preferidos del Derecho Constitucional. Actualmente estoy porfundizando el tema --junto a mis compañeros de Maestría- con María Angélica Gelli, una de las más grandes constitucionalistas argentinas de hoy.

Los invito a visitar el recien nacido sitio en http://3puntocero.blogspot.com/

UPDATE INMEDIATO: ¿Que es periodismo 3.0? Ver aquí.

viernes, noviembre 25, 2005

El Consejo y un fin de año movidito

El Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó ayer una norma relacionada con las declaraciones juradas de los jueces de la Nación sumamente disvaliosa para el acceso a la información pública.

La normativa en cuestión establece que las declaraciones juradas de los jueces deberán ser solicitadas ante el Consejo y éste le dará vista al juez de que se trate por 72 horas. Esta decisión fue criticada por dos importantes organizaciones civiles: CIPPEC y Poder Ciudadano.

Hace pocos días dábamos cuenta de los proyectos en danza. Finalmente, el Consejo optó por uno de los peores y consagra así una reglamentación contraria a la letra y espíritu de la Ley de Ética Pública, sancionada en 1999. Esta norma establece en su artículo cuarto:

"Las personas referidas en artículo 5º de la presente ley, deberán presentar una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción de sus cargos.

Asimismo, deberán actualizar la información contenida en esa declaración jurada anualmente y presentar una última declaración, dentro de los treinta días hábiles desde la fecha de cesación en el cargo".

Por supuesto, el artículo cinco establece que quedan comprendidos dentro de esa obligación los "magistrados del Poder Judicial de la Nación".

Para finalizar el recorrido legal, el artículo 10 de la ley establece:

"El listado de las declaraciones juradas de las personas señaladas en el artículo 5º deberá ser publicado en el plazo de noventa días en el Boletín Oficial.

En cualquier tiempo toda persona podrá consultar y obtener copia de las declaraciones juradas presentadas con la debida intervención del organismo que las haya registrado y depositado, previa presentación de una solicitud escrita en la que se indique: a) Nombre y apellido, documento, ocupación y domicilio del solicitante; b) Nombre y domicilio de cualquier otra persona u organización en nombre de la cual se solicita la declaración; c) El objeto que motiva la petición y el destino que se dará al informe; y d) La declaración de que el solicitante tiene conocimiento del contenido del artículo 11 de esta ley referente al uso indebido de la declaración jurada y la sanción prevista para quien la solicite y le dé un uso ilegal".


Notese que en ningún caso se establece que del pedido corresponde dar traslado al funcionario involucrado. Por el contrario, los requisitos parecen fijar meros pasos formales con fines de registro que no importan de ningún modo un procedimiento contradictorio donde pueda discutirse la entrega de la declaración jurada.

Es por eso que al normativa del Consejo aprobada ayer viola la Ley de Ética Pública y es contraria al espíritu de apertura que la impulsa. Téngase en cuenta que lo que se busca es aumentar la transparencia. Medidas como ésta buscan ocultar algo, hacerlo menos transparente.

Martín Böhmer, director de CIPPEC, dijo a La Nación: "Yo no tengo que discutir con el juez si él quiere o no darme su declaración. Es un tema institucional y normativo, no personal".

Por su parte, María Julia Pérez Tort, de Poder Ciudadano, dijo al mismo medio: "El Poder Judicial incumple con la ley de ética pública. Y una vez más, ahora apañado por los consejeros, los jueces quedan al margen de las obligaciones de los demás funcionarios".

Las razones esgrimidas por los representantes de los jueces fueron "cuestiones de seguridad". Por su parte, la consejera del ARI Marcela Rodríguez criticó la decisión, al igual que el consejero por los abogados, Bernardo Szmukler.

En otra noticia relacionada, la senadora Cristina Kirchner impulsó un proyecto para modificar la composición del Consejo de modo tal que el oficialismo tenga más control sobre el órgano creado por la Constitución.

Dice La Nación:

"Cuando se sancionó la ley reglamentaria en 1998, el Congreso creó un consejo de 20 miembros: el presidente de la Corte, 4 jueces, 4 abogados, 4 diputados, 4 senadores, 1 representante del Poder Ejecutivo y 2 académicos.

Ahora, la primera dama propone buscar otro equilibrio, reduciendo la composición del cuerpo a 13 integrantes, a lo que llega suprimiendo la participación de un diputado y de un senador que representan a los bloques de las segundas minorías (ARI y los partidos provinciales); de uno de los cuatro jueces, de dos de los cuatro abogados y del presidente de la Corte Suprema. También se alteraría la integración de los representantes de los académicos".


Es cierto que el Consejo se trata de un órgano colegiado y que 20 miembros es un número que parece excesivo. Lo curioso sea que quiera quitarse representación a todos menos al oficialismo, tanto en las bancas que le corresponden a cada cámara del legislativo como al representante del ejecutivo.

En una palabra: una verguenza.

Ver informe La Nación 1.
Ver informe La Nación 2.

jueves, noviembre 24, 2005

La doctrina Campillay seguiría vigente en algunos medios

La doctrina Campillay es el nombre con que se conoce a una serie de reglas elaboradas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Campillay c. La Razón (1986). En el caso, la Corte decidió que correpondía resarcir por daño moral a una persona consignada por varios medios como el autor de diversos delitos respecto de los cuales fue finalmente sobreseído.

Cabe realizar un anáilsis profundo del caso, particularmente de la disidencia del Dr. Caballero.

Pero por ahora, me limitará a recordar que la Corte estableció allí que, para no ser responsabilizado por la información falsa difundida por una fuente oficial, el medio de comunicación debe cumplir alguno de estos tres requisitos:

a) citar la fuente,

b) no nombrar al involucrado o

c) utilizar una forma de verbo potencial.

Esta doctrina tuvo desarrollos posteriores, y en alguna oportunidad la Corte adoptó el standard de la real malicia para juzgar los casos de responsabilidad por actos cometidos por la prensa. Pero sigue vigente. Si no, veamos como Clarín trató en su edición del sábado la noticia sobre el arrresto de la hija de un juez en lo Civil que el diario Perfil (el domingo) no tuvo empacho en identificar. Transcribimos la nota completa, y marcamos en negrita los sitios donde la doctrina Campillay se ve aplicada en plenitud.

SU PADRE SERIA MIEMBRO DE LA CAMAR CIVIL
Detienen a la hija de un juez por una seguidilla de robos

La hija de un juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, según consignó anoche la agencia Télam, fue detenida ayer a la tarde en Haedo cuando viajaba junto a dos hombres en un auto robado. La mujer quedó acusada de haber participado en el robo de ese coche y en otros tres asaltos, dijeron fuentes judiciales.

La acusada tiene 29 años, es abogada y su padre sería uno de los camaristas civiles más conocidos de la Capital. En el coche donde la detuvieron la Policía encontró una ametralladora de juguete que habría sido usada para amenazar a las víctimas de los asaltos que se le adjudican.

Según fuentes del caso, la detención se produjo en Joaquín V. González y Lomero, en Haedo (Morón). La Policía detuvo el Fiat Uno bordó en el que iba la joven y descubrió que el auto había sido robado a mano armada la noche anterior en Ramos Mejía. Al identificar a los ocupantes del coche, los policías determinaron que la mujer era hija del juez.

Los investigadores establecieron luego que la mujer y los dos hombres habrían usado el auto para ir a robar un negocio —sería un puesto de diarios— en Villa Sarmiento, cerca de las 10.30 de ayer. Allí no habrían hallado dinero y habrían golpeado al canillita. Después, la mujer y sus acompañantes habrían asaltado a un militar retirado en Ramos Mejía. Por último, habrían continuado el raid cerca de la estación de Haedo, donde habrían robado en un maxiquiosco de General Actis al 1500.

Los detenidos fueron llevados a la comisaría de Haedo, donde se habría confirmado la identidad de la mujer. La causa fue puesta en manos del fiscal Adrián De los Santos, quien habría certificado que la descripción de los arrestados coincide con la de las personas que robaron el auto a mano armado.

Los tres sospechosos quedaron detenidos, imputados de los delitos de "robo calificado por uso de arma falsa en tres oportunidades, lesiones, resistencia a la autoridad y robo automotor". De los dos hombres que acompañaban a la mujer sólo trascendió que tendrían 32 años, y se investigaba si tenían antecedentes.

Sólo un ejemplo.
Tal vez existió un uso demasiado extenso del potencial, lo que indicaría que se trata de un caso en el que la noticia se construyó desde el cable, sin chequear las fuentes.

Más allá de eso, se trata de un caso en el que vemos a la doctrina Campillay en plena acción.

La Constitución no llega a los municipios

Una norma de la Municipalidad de Tandil es destrozada con justicia por Diego Goldman en su blog.

La reglamentación en cuestión establece en su artículo primero: "Todo grupo mayor a 10 (diez) personas que ingrese a un paseo público deberá contar con la asistencia de un guía de Turismo. La Autoridad de Aplicación determinará qué paseos requieren la obligatoriedad del guía de Turismo".

La autor señala cómo la norma viola los siguientes derechos constitucionales: derecho al libre tránsito (a.14), libertad de asociación (a.14), derecho de propiedad (a.17) e igualdad ante la ley (a. 16).

A la hora de legislar, la Constitución es aquello que se pone en el camino de lo ediles y sus locas intenciones. Por eso, deciden no tenerla en cuenta.

Ver el post completo de Diego Goldman aquí.

martes, noviembre 22, 2005

Carter le pega a Bush

El ex presidente de los Estados Unidos, Jimmy Carter, escribió ayer una columna de opinión en Clarín que es imprescindible leer. Ataca duramente a la actual administración y a su cabeza, George Bush Jr.

Dijo el ex presidente:

"En estos últimos años, me sentí cada vez más preocupado por muchas políticas de gobierno que amenazan hoy principios básicos abrazados por todas las administraciones norteamericanas anteriores, tanto demócratas como republicanas.

Entre éstos figuran el compromiso con la paz, la justicia social y económica, las libertades civiles, nuestro medio ambiente y los derechos humanos".


Además, queda claro que el término imperio no es de uso exclusivo de Chávez:

"Independientemente de los costos que ello pueda tener, altos dirigentes estadounidenses hacen denodados esfuerzos para ejercer un dominio imperial en todo el mundo".

"Todas estas políticas "revolucionarias" fueron orquestadas por aquellos que creen que el tremendo poder de nuestro país no debiera limitarse. Aún con nuestras tropas comprometidas en combates y con el país enfrentado a la amenaza de más ataques terroristas, nuestra frase de 'Están con nosotros o en contra nuestro' reemplazó la formación de alianzas basadas en una comprensión clara de los intereses mutuos, incluída la amenaza del terrorismo."


Con respecto a la situación interna, dijo Carter, haciendo especial referencia al Patriot Act --que ya tocamos antes:

"En lugar de valorar nuestro papel como los grandes campeones de los derechos humanos, vemos ahora que las libertades civiles y la privacidad personal fueron burdamente violados según algunas cláusulas extremas del Acta Patriótica".

Más o menos, pienso como él. Go Jimmy, Go!

lunes, noviembre 21, 2005

No siempre los precedentes de camarista sirven para prever las decisiones en la Corte

En el Washington Post hay un artículo de Lee Epstein y Jeffrey A. Segal. La primera escribió un libro que desde ya recomiendo: Constitutional Law for a Changing America.

En el caso, el autor dice que los precedentes judiciales de los jueces nominados a la Suprema Corte de Estados Unidos no deben ser tomados como un indicatativo indubitable de lo que éstos decidirán una vez que ocupen su asiento en el Alto Tribunal. Esto se debe principalmente al hecho de que, al ser jueces de tribunales inferiores, se ven forzados a seguir el viejo principio del common law de stare decisis. Es decir, los precedentes de la Corte, son para ellos obligatorios.

Dicen los autores que ello puede ser una señal, pero nada más que eso.

"Cuando Scalia fue nominado en 1986, virtualmente todos los comentarios --de izqueirda y de derecha-- predecían que sería un juez bastante conservador. Ese pronóstico provó ser adecuado".


Es que no siempre fue así. El ejemplo que dan los autores para justificar su posición es el del juez David Souter, quien es juez desde 1990 y fue nominado al Tribunal por George Bush Senior, el padre del actual ocupante de la Casa Blanca. Para los autores, en este caso --y en muchos otros- las etiquetas ideológicas probaron ser engañosas.

"En el caso de Souter, los juicios iniciales acerca de cómo pordía votar estaban palamriamente equivocados. La expectativa, basada en los registros de sus decisiones como juez inferior, preveían que iba a ser un votante conservador consistente -- incluso más a la derecha que los nominados por Reagan, jueces Kennedy y O'Connor. Souter, por supuesto, es un votante consistente -- pero en ala liberal de la Corte."


Y es que, si bien en el Comité del Senado los nominados dicen que respetarán los precedentes del Tribunal, una vez que se tiene puesta la toga, ya no existe obligación legal de hacerlo. Los autores también señalan como el tiempo puede hacer a los jueces cambiar de posición. Dan los ejemplos de Blackmun y Stevens, cuyos votos fueron evolucionando a posiciones liberales cada vez más pronunciadas.

Eso implica que no es posible asegurar cómo va a votar un juez de la Corte Suprema. Concluyen Epstein y Segal: "Marcar a los jueces como 'conservadores' o 'liberales' o algo en el medio, con la expectativa de que esos nominados actuarán según esas etiquetas es ignorar la naturaleza de los jueces".

En Concurring Opinions comentaron el caso.

domingo, noviembre 20, 2005

Si usas Ad Sense, puede venir Mickey Mouse y pegarte

Ojo: Mickey loves copyriht!

Muchos compañeros de la blogósfera incluyeron recientmente dentro de sus blogs el llamado Google Ad Sense, el sistema de publicidad personalizada de Google. Pero, repasando textos de Larry Lessig para el proyecto de tesis que estoy preparando, me topé con el viejo y querido concepto de uso justo, y noté de qué modo mis compañeros que se suscribieron al Ad Sense están en...

¡GRAVE RIESGO de ser DEMANDADOS JUDICIALMENTE! (que no cunda el pánico).

Un amigo blogger no-abogado hizo las siguientes preguntas al respecto.

¿Que es ese circulito al lado de Coca Cola, en la botella que compré en el chino de la vuelta?

Ese es el símbolo universal del copyright, o derecho de autor. La creación cultural --principalmente del siglo XX en adelante- está sometida a ese derecho. Todo aquel que creó algo (una obra literaria, un invento, una película, una canción, etcétera) tiene derecho a que eso que él inventó sea reconocido como propiedad suya, al menos por un tiempo.

La cláusula 8 de la Sección VIII de la Constitución de los Estados Unidos establece que el Congreso tiene poder...

"Para promover el Progreso de la Ciencia y las Artes útiles, mediante el asegurameinto por tiempo limitado a Autores e Inventores el Derecho exclusivo a sus respectivas Escrituras y Descumbrimientos".


De aquí nacen las leyes de derecho de autor, que en Estados Unidos se extienden 75 años desde la muerte del autor o 95 si el titular de los derechos es una persona jurídica. Curiosamente, siempre que se acerca la fecha de vencimiento de los derechos de autos sobre El Ratón Mickey, el Congreso norteamericano extiende los plazos (impidiendo al vernáculo trencito de la alegría criollo funcionar legalmente por primera vez en la historia).

Es decir... no puedo burlarme de los pantalones de Mickey...

No es tan así. Para utilizar 'material protegido' es necesario obtener el consentimiento del titular de los derechos. Pero esto último no se requiere si cumplimos con los requisitos de la doctrina del uso justo. En Estados Unidos, si el uso esta destinado a crítica, comentario, noticias, enseñanza -incluye múltiples copias para el aula- estudios o investigación, no se necesita el consentimiento del titular.

Para ver si nuestra conducta ingresa dentro de un "uso justo" (y aquí viene lo importante), el Copyright Act de 1976 establece que debe considerarse:

  1. el propósito y carácter del uso, incluyendo si ese uso es de naturaleza comercial o si está destinado a un propósito educacional sin fines de lucro;
  2. la naturaleza del trabajo sujeto a derecho de autor;
  3. la cantidad y sustancialidad de la porción usada en relación al trabajo sujeto a derecho de autor como un todo; y
  4. el efecto del uso sobre el mercado potencial del producto o su valor.

Llamo vuesta atención al punto número uno. El fin comercial que le damos al uso del material protegido aleja nuestra conducta de la doctrina del "uso justo", lo que implica que deberíamos ajustarnos a las generales de la ley y solicitar permiso al titular del derecho para usar el contenido protegido.

¿Por qué esto me afecta a mi o a mi blog?

Admitámoslo: usamos y abusamos de material de Internet que encontramos vía Google. Y lo reproducimos inescrupulosamente, sin habérsenos cruzado por la cabeza ni una sola vez pedir autorización al titular del derecho.

Pero está bien: los blogs cumplen un fin de crítica o informativo, de modo tal que nuestra conducta ingresa dentro de lo que llamamos un "uso justo".

A menos que tengas el Google Ad Sense instalado. En ese caso, las ganancias recibidas te transforman automáticamente en un vil mercader, y tu conducta ingresa dentro del uso comercial de la cláusula primera del texto antes mencionado.

¿Saco el Ad Sense? ¿Debo preocuparme?

Para nada. Hay peces mucho más grandes en el agua que el imperio del entretenimiento / titulares de derechos quiere pescar mucho antes que vos.

Pero sabelo: si quiere, Disney Co. puede demandarte por aquel post en el que te burlaste de los pantalones de Mickey mostrando una foto del atribulado ratón.

(Nota 1: No soy especialista en el tema. Si alguien quiere derrochar conocimiento sobre la Convención de Berna, será bienvenido). (Nota 2: me quedó algo del trencito de la Alegría... confirmo que detrás es eso hay alguna especie de plan maléfico. Si no me creen, miren la cara de desquiciado de Bob Esponja, principalmente en esta foto).

Internet recibirá más dinero de publicidad

Es una tendencia "increíble, imparable". Así lo cree el Interactive Advertising Boureau de Europa. Los países del viejo continente --según esa institución- están al borde de ¡niciarse una tendencia de crecimiento continuo en ese sentido. Dicen en Poynter:

"La Internet ahora 'se hace' con un 15 por ciento del tiempo de consumo de medios de la población europea. Según Danny Meadows-Klue [CEO del IABE] , parte del éxito de internet es que se un canal 'diurno', lo que significa que se ha convertido en parte de nuestra vida laboral. Dijo que sólo en el Reino Unido, la publicidad online en 2005 anduvo cerca del billon de libras, una industra cinco veces mayor que en el 2000".


En el Reino Unido, Internet recibió el 6% de los presupuestos publicitarios, pero mientras algunos no gastan nada, otros llegan a invertir hasta un 40% de su presupuesto publicitario en la red.

¿Buenas noticias? You bet!

sábado, noviembre 19, 2005

El diseño inteligente no es inteligente

Algo así dijo el padre jesuita George Coyne, director del observatorio del Vaticano, en una conferencia en Florencia. Textualmente, sus palabras fueron:

"El diseño inteligente no es ciencia, incluso si pretende serlo. Si la teoría es introducida en las escuelas, debería enseñarse en religión, no en la clase de ciencia"


Como sabemos, el diseño inteligente es una enseñanza que propone la derecha religiosa americana como oposición a la teoría de la evolución, la cuál ven palmariamente contraria al "creacionismo" del libro del Génesis. La visión es impulsada por sectores protestantes: es sabido que la Iglesia Católica viene diciendo hace rato que la teoría evolucionista no es plenamente incompatible con la idea de un mundo y un hombre creados por Dios.

La polémica (link Clarín) en Estados Unidos respecto a esta teoría hace recordar el llamado "juicio del mono", proceso legal seguido en 1925 contra un profesor que tuvo la loca idea de enseñar la teoría de la evolución en una escuela pública.

Esa actitud violaba una ley de 1923 (Butler Act) que establecía la ilegalidad de enseñar cualquier teoría que negase "la historia de la Divina creación del hombre tal como está enseñada en la Biblia".

El profesor fue condenado, y la Suprema Corte de Tennesse revocó la multa impuesta por una cuestión meramente técnica.

"Trataron de enseñarñe ciencia a mi bebé", dice esta sufrida madre en la irónica revista de The Onion. "Se dió cuenta que la maestra en la que había confiado le estuvo secretamente enseñando a su único hijo el funcionamiento del mundo físico y sus mecanismos por un año".

Recién en 1968, la Suprema Corte de Estados Unidos decidió en el caso Epperson vs. Arkansas que ese tipo de leyes violaba la cláusula de "establecimiento" contenida en la Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, que prohibe "el establecimiento de una religión".

Tip: Steve Bainbridge.

viernes, noviembre 18, 2005

Con un abrazo demasiado fuerte

El oscuro título tiene un destinatario: José "Pepe" Albistur, el Secretario de Medios de la Nación e ideólogo de la brillante ironía para festejar el último día del periodista , en donde sacó un aviso que decía textualmente:

"Hoy estamos apretando a los periodistas. (Con un fuerte abrazo)".

Lo del abrazo no se, pero parece que los periodistas sienten el apretón. Una encuesta de FOPEA dió como resultado que el 38,7% de los encuestados considera que en el gobierno de Kirchner se presiona más a la prensa que en otras administraciones (dato de Zoom). También se trata el tema en el Bloc de periodista, de Darío Gallo (Noticias), focalizando en la poca publicidad que tuvo la encuesta en los grandes medios.

Además, el Caballero de la Triste Figura relata un grave caso de censura estatal en el Canal 7 en éste post, y en éste y en éste.

No hables de eso (sexo)

El prestigioso periódico The Washington Post presenta una investigación sobre el modo en que la Federal Communications Commission (FCC) de los Estados Unidos viene imponiendo multas a radios y emisoras de televisión como consecuencia de comentarios o imágenes indescentes que son transmitidos al aire.

El periodista Frank Ahrens decidió investigar la cuestión luego de que Janet Jackson fuera multada con 550.000 dólares por exhibir su seno derecho durante en entretiempo del Superbowl. Cuando quiso profundizar en el tema, se enteró que la FCC no guarda registros de las multas que impone.

El resultado de las multas es un complejo cuadro que va desde 1970 a 2004.

Uno de los más multados es Howard Stern, el popular locutor de radio.

¿La cifra?

¡2.47 millones de dólares!

Resulta interesante ver cómo hubo períodos en que no se multó y como el monto de las sanciones viene creciendo inacnsablemente desde la década del 70. Y cómo los chairman republicanos imponen multas en promedio más altas que los chairman demócratas.

Tribe y Sunstein sobre Alito (?)

Entiendo que hay que estar relativamente loco-como-yo para saber quienes son estos tres sujetos. Por lo pronto, y desde el conocimiento limitado que se obtiene por Internet y a miles de kilómetros de distancia, los dos primeros son dos eximios profesores de derecho constitucional de los Estados Unidos, el primero de Harvard y el segundo de la Universidad de Chicago.

Los dos opinaron sobre el tercero, el candidato de George W. Bush a la Suprema Corte, luego del Mier's fiasco.

Luego de criticar dos posiciones de Alito, una relacionada al federalismo y otra referida a la constitucionalidad de una ley que exige a las mujeres notificar al marido antes de abortar, Tribe sostuvo:

"Alito parece tan decente y justo como brillante, y no dudo de su sinceridad al separar el resultado que le gustaría ver [en una sentencia] de aquel que la ley requiere. Simplemento hago votos para dejar de pretender que la ley, la vida y las visiones inarticuladas de un individuo sobre ambas pueden ser enteramente separadas cuando se trata de lo que significaría para todos nosotros la adición de alguien a la Suprema Corte hasta bien entrado el siglo XXI".

Por su parte, Sunstein sostuvo:

"Una lectura de las opiniones de Alito revela que es un juez inesperadamenet interesante, con un record conservador que muestra un tono muy diferente a Scalia o Thomas. El no presenta razonamientos ambiciosos, y cada una de sus opiniones están firmemente ancladas en la ley. Al mismo timpo, su pattern de votos muestra un gran nivel de deferencia a las instituciones establecidas".

Por úlitmo, estudiantes de Yale se unieron para pedir que Alito no integre el máximo tribunal de Estados Unidos. El fundador del grupo, Ian Bassin, dijo: "Hay una gran parte de la población, tal vez una mayoría, que no quiere a este tipo en la Suprema Corte".

¡Y eso que Samuel Alito es un Yale-man, como Bob Patiño!

jueves, noviembre 17, 2005

Argentina: Informe anual de Reporteros Sin Fronteras


Se dió a conocer el informe anual sobre libertad de prensa de la asociación Reporteros Sin Fronteras. Argentina está en el puesto 59 de la lista.

Específicamente, sobre Argentina se dice:

"Discriminación en la concesión de la publicidad y en el acceso a la información públicas, presiones judiciales, agresiones... la situación de la libertad de prensa sigue sin ser satisfactoria en las provincias, donde las autoridades locales disponen de amplias prerrogativas. El gobierno del presidente Kirchner no ha quedado al margen de las críticas, acusado también él de querer tener un peso en la línea de los principales medios de comunicación".


Alberto Rodriguez Saa es blanco de las críticas de RSF por pormover una ley de prensa que prevé el embargo o el cierre de los periódicos que publiquen informaciones de carácter "subversivo, sedicioso, obsceno o inmoral". El proyecto fue retirado a raiz de la fuerte reacción pública de rechazo a la medida.

A título de ejemplo, el reporte cita el caso de Córdoba, donde "la alcaldía retiró toda la publicidad al diario El Mañana, después de que criticara la gestión del equipo municipal".

También sostiene que en la provincia de Neuquen "el Ministro de Seguridad y Trabajo, Luis Manganaro, intentó obligar al diario Río Negro, que acababa de implicarle en un caso de desvió de fondos, a revelar sus fuentes ante la justicia que, felizmente, se opuso".

En Tierra de Fuego, dos periodistas sufrieron el destrizo de su automóvil "después de que acusaran a un ministro de la provincia de ocupar indebidamente una propiedad, que pertenece a la municipalidad de Río Grande".

Asimismo, se señala el problema del acceso a la información pública. "Según sea la línea del periódico que solicita los datos, los funcionarios proporcionan o no las informaciones pedidas". Se sabe que existe un proyecto que avanzó bastante en Diputados, pero las modificaciones realizadas en el Senado hicieron que el mismo perdiera el apoyo de diversas y prestigiosas organizaciones no gubernamentales.

En ese sentido, cabe recordar el informe presentado por Poder Ciudadano en agosto de este año en donde dió a conocer los requisitos mínimos para la sanción de una ley de Acceso a la Información Pública.

Los aspectos principales del documento son los siguientes.

Se exige una legitimación activa amplia, sin necesidad de dar mayores explicaciones sobre los motivos por los que se solicita la información. En ese sentido, sostiene el documento:

"Si la transparencia es una de las estrategias más eficaces de control del gobierno por parte de los particulares, no puede ser el mismo gobierno el que decida si brinda la información evaluando en cada caso con amplia discrecionalidad si existen buenas razones para brindar la información que se requiera. Por este motivo, la información debe poder ser requerida por cualquier persona y no sólo por aquellos que la Administración considere poseen la legitimación para ello".


La ley debería abarcar al Estado en su conjunto, lo que incluye a los tres poderes y --solicita el documento- al Ministerio Público y el Consejo de la Magistratura. Además, creen que también debería incluirse a la "información privada de naturaleza pública". En ese sentido:

"Existen varios supuestos en que la información en manos privadas concierne y es de interés del conjunto de la sociedad. Con relación a este punto, es necesario incluir a las empresas privadas prestatarias de servicios públicos como sujetos obligados a proveer información, como así también a las Organizaciones No Gubernamentales que administran fondos del Estado en la implementación de políticas públicas".


Con respecto a las excepciones al principio de publicidad de todo acto de gobierno, el documento contiene las siguientes recomendaciones:

"Asimismo, cada vez que la autoridad deniegue el acceso a determinada información deberá demostrar en los fundamentos del acto que la información solicitada:

  • Se encuentra íntimamente relacionada con alguna de las materias que se intentan proteger en la lista de excepciones establecidas por la misma ley.
  • De ser publicitada causaría un perjuicio sustancial en la materia protegida por la excepción establecida en la ley.
  • De ser publicitada, el perjuicio generado en la materia exceptuada debe ser superior al interés público de acceder a la información".
También se pide la previsión de un recurso judicial eficiente para los casos de negativas injustificadas, la educación de los funcionarios en la prestación de un buen servicio y el principio de gratuidad para acceder a la información.

Volviendo al reporte de RSF, la asociación criticó el uso de la publicidad oficial por parte del gobierno nacional como modo de presionar a los medios de comunicación, en muchos casos 'apretados' por la situación económica.

Finalmente, RSF se lamenta de la disolución de la asociación Periodistas y toman nota de la liberación de José Luis Auge, uno de los asesinos de José Luis Cabezas.

miércoles, noviembre 16, 2005

Los blogs del mal (para tu carrera)


Acabás de cumplir 30 años. Tenés un doctorado de la Universidad de Stanford y dos maestrías en tu haber. Ya publicaste varios libros referidos a tu especialidad, que es la diplomacia, la política internacional y las relaciones entre países. Además, creaste en 2002 de uno de los blogs más visitados de los Estados Unidos. Gawker.com dice que es uno de los blogs de lectura obligatoria. The New Republic te alaba. ¿Crear un blog fue una buen idea?

Algunos creen que no.


El caso es el de Daniel Drezner, un politólogo de la Universidad de Chicago. En su primer post, este joven profesor escribió: "No debería estar haciendo esto. Voy a solicitar tenure pronto" (tenure es una especie de concesión de la Universidad mediante la cual se asegura a los profesores que no serán despedidos sin causa durante un cierto período de tiempo. Busca proteger la "libertad académica"). El pasado octubre, su tenure fue denegada.

¿Tuvo algo que ver su actividad como blogger? Si bien en la Universidad lo niegan, algunos creen que los blogs académicos pueden ser perjudiciales para los que recién se inician en la profesión y necesitan ganar "prestigio".

Un profesor de artes en una pequeña Universidad, escribió un ensayo en el que afirmó:

"Nuestros postulantes bloggers salieron razonablemente bien en la entrevista inicial, pero una vez que colgamos el teléfono y fuimos a sus blogs, pudimos conocerlos 'realmente' --mejor de lo que queríamos; sufienciente para concluir que no queríamos saber más".


Esta es la discusión que ataca un reciente artículo de Slate, una de las revistas de Internet más prestigiosas de los Estados Unidos.

El contexto en el que se da esta polémica es el complejo y ultra competitivo escenario académico de los Estados Unidos, donde el requerimiento de cantidad y calidad de "papers" por año es el principal motivador de aquellos que eligen pasar sus vidas en las aulas.

La cuestión principal es la siguiente: si realmente tienen algo que decir, ¿porqué lo sacan a la luz por un medio frívolo como el de los blogs y no a través de las publicaciones académicas 'controladas' por sus pares?

El artículo de Slate sostiene:

"La antipatía actual hacial el blogging puede tener algo que ver con el hecho de que las Universidades pueden no tienen herramientas para juzgar a los blogs. Y la mayoría de la gente concuerda en que deben ser evaluados mediante un mecanismo de 'revisión por los pares' para ser tenidos en cuenta. Por qué dar crédito por algo que no tiene barreras de entrada".


Ciertamente, a nadie se le ocurriría decir que mantener un blog es lo mismo que ser el editor de la Harvard Law Review o ser el columnista del domingo de un diario importante. Pero la verdad es que hay muchos blogs académicos que lejos de recurrir al modelo hoy-comi-spaghetti-y-me-cayó-mal centran sus entradas sobre aspectos específicos de su interés. Si bien el lenguaje es diferente al que se utiliza para escribir en la revista Science, sus entradas son tan serias y fundadas como los trabajos publicados en esas prestigiosas revistas académicas.

Sucede que la seriedad no viene del medio, sino del autor.

Si no lo creen así, cuando vayan a Nueva York, pasen por la redacción del NYT y pregunten por Jason Blair, a ver que le dicen.

¿Se imaginan lo que sería que todos los profesores de una Univerisdad tengan su blog? Qué permite más la mayéutica socrática: ¿las clases magistrales o el intercambio en los comentarios de un blog?

lunes, noviembre 14, 2005

Ibarra y sus baches constitucionales


Como todos sabrán, hoy la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires debe decidir si somete o no al jefe de gobierno Aníbal Ibarra a juicio político.

En realidad, no es la Legislatura la que deberá decidir, sino la Sala Acusadora de la misma, constituida según lo previsto en el Título Tercero, Capítulo Cuarto de la Constitución de la Ciudad, que regula el trámite de este proceso.

Al tratarse la Legislatura de un cuerpo unicameral, el tradicional trámite de juicio político en el orden federal, en el que una cámara actúa como acusadora y otra como tribunal, no es aplicable.

Es por eso que el artículo 93 de la Constitución establece:

"Cada dos años y en su primera sesión, la Legislatura se divide por sorteo, en una sala acusadora integrada por el setenta y cinco por ciento de sus miembros y en una sala de juzgamiento compuesta por el veinticinco por ciento restante, respetando la proporcionalidad de los partidos o alianzas. Cada sala es presidida por un diputado elegido por mayoría simple entre sus miembros. Cuando el juicio político sea contra el Gobernador o el Vicegobernador, la sala de juzgamiento es presidida por el presidente del Tribunal Superior."


Como vemos, la Sala Acusadora, compuesta por el 75 por ciento de los miembros de la Legislatura, es la que deberá decidir mañana; no el pleno del cuerpo. Esta Sala tomará su decisión basándose en el informe de la Comisión Investigadora, que a diferencia de lo que puede considerarse a prima facie, no fue creada para investigar el caso Cromañón, sino que está prevista en la Constitución en su artículo 94. En su parte pertinente, esa disposición establece:

"La sala acusadora nombra en su primera sesión anual una comisión para investigar los hechos en que se funden las acusaciones. Dispone de facultades instructorias y garantiza al imputado el derecho de defensa. Dictamina ante el pleno de la sala, que da curso a la acusación con el voto favorable de los dos tercios de sus miembros."

En el caso de Ibarra, la Comisión ya emitió un informe, duramente criticado por Ibarra en conferencia de prensa, hace ya varias semanas.

Ahora es el turno de la Sala Acusadora de la Legislatura decidir si Ibarra es sometido o no a juicio político.

Con respecto a las circusntancias concretas del caso, cabe destacar que la decisión de mañana no debería implicar necesariamente una condena. Debería ser un ámbito político en el que se discutiera el desempeño del actual jefe del gobierno de la Ciudad.

El juicio político es una institución peculiar, que si bien tiene ciertas similitudes con un juicio ante los estrados judiciales, es de naturaleza esencialmente política. Recordemos el caso Nicosia, en el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que el Senado de la Nación, al actuar como tribunal en el juicio político, tiene el deber de respetar los principios elementales del debido proceso. Si bien ejerce propiamente la función legislativa, el Senado está actuando materialmente como un juez y sus miembros deben prestar juramento de “administrar justicia con imparcialidad y rectitud conforme a la Constitución y a las leyes de la nación”

Cromañón implicó una larga cadena de responsabilidades, que no deja de atrapar a los propios espectadores, al dueño del local, a los miembros de la banda y a la administración, encargada de ejercer el poder de policía sobre el lugar de la tragedia. Evidentemente, algo falló: o bien no se cumplieron los pasos administrativos o la reglamentación era insuficiente.

Si el sometimiento al juicio político no implicase sin más una condena -como sucedió en los últimos enjuiciamientos de jueces de la Corte- tal vez 194 muertos merecerían que la administración dé sus explicaciones en un juicio público en el ámbito del órgano legislativo de la Ciudad.

UPDATE: Algo que se pasó. Para que el juicio proceda, es necesario el voto de 30 legisladores, ya que la Sala Acusadora está compuesta por 45 y la mayoría necesaria es de dos tercios. Supuestamente, ya hay 29 votos a favor del juicio. ¿Cómo votará Borocotó si la cosa se le complica a Ibarra?

domingo, noviembre 13, 2005

Comentario de David Kopel

El habitual colaborador del blog The Volokh Conspiracy me envió un mail agradeciendo por haber comentado su post en ese blog referente al terrorismo, entrada en la que Kopel manifestó su preocupación por textos escolares franceses que tratan suavemente el fenómeno del terrorismo.

Me hizo dos comentarios que creo oportunos transmitir aquí.

"One way I would distinguish al Qaeda from Michael Collins is that Michael Collins aimed his attacks police and the military--not civilians. Unlike the I.R.A. of the 1970s, he never attacked pubs or other civilian targets".

(Una manera en la que distinguiría a al Qaeda de Michell Collins es que Michell Collins apuntaba sus ataques a la policía y a los militares --no a los civiles. A diferencia del I.R.A de los 70's, el nunca atacó a pubs u otros objetivos civiles).


Es muy cierto. El asesintato de civiles por grupos terroristas es siempre un crímen horrendo y profundamente condenable. Determina una diferencia sustancial entre los que destruyeron las Torres Gemelas con aquellos que utilizaron la lucha armada clandestina y las bombas como un método de guerra contra un determinado poder establecido.

De cualquier modo, creo que la muerte de civiles es condenable en toda circunstancia, ya sea que la bomba esté dentro de un coche o que caigan desde el cielo lanzadas por aviones. De eso se trata en parte el derecho internacional humanitario, que veremos pronto si da -o no- un marcado retroceso.

Por último, me envió un link a algunos textos de él traducidos al español, por lo que aquí va para todos aquellos que quieran explorar algo de la literatura de este autor puedan hacerlo.

Kopel se graduó magna cum laude de la prestigiosa Universidad de Michigan y fue profesor de derecho en la Universidad de Nueva York.

sábado, noviembre 12, 2005

¿Terrorismo o medio de defensa del débil?

Una de las preguntas más difíciles de contestar en el mundo actual surgió en un post de Dave Kopel en The Volokh Conspiracy a raíz de textos educativos franceses que -según el autor del post- tratan suavemente al terrorismo y lo describen como el "modo de lucha del débil".

WTC, 11/9/2001

Michel Colins, uno de los independentistas irlandeses del IRA, 1916

La cuestión merece un tratamiento cuidadoso que no pretendo dar ahora, pero ¿estamos preparados para definir como terroristas a todos aquellos que utilizen el ataque sorpresa mediante bombas a civiles y/o militares? ¿Estamos listos para afirmar que al República de Irlanda es un país fundado por 'terroristas'? Cuando no hay otros medios, ¿es lícito defender a tu país mediante el uso de coches bombas? ¿Y atacar?

Un tema difícil, si se evita tomarlo ligeramente.

Colombia: adelante con la reelección

El Supremo Tribunal de Colombia dió su visto bueno a una enmienda constitucional que permite al presidente Alvaro Uribe postularse para otro mandato. La decisión validó la ley de Garantías Electorales, norma que busca evitar que el presidente en ejercicio utilize su poder para obtener ventajas indebidas en el proceso eleccionario.

Los que criticaron la medida, sostuvieron que la posibilidad de reelección puede desintegrar el sistema de pesos y contrapesos y llevar a Colombia hacia experiencias "desagradables", tales como las ocurridas "en Peru y Argentina".

Uribe tiene 70% de aprobación, por lo que se descuenta su triunfo.

Ver más en Reuters y en Jurist.

¿A que le tienen miedo?

En Diario Judicial, se informa de un proyecto que circula en el Consejo de la Magistratura de la Nación que pretende instaurar un mecanismo de publicidad para las declaraciones juradas de los jueces de la Nación.

Habría dos posturas encontradas: una, buscaría que el trámite sea rápido y sencillo. Con el solo requisito de llenar un formulario de solicitud en el que el ciudadano interesado se identifique, la declaración patrimonial de los jueces debería ser entregada dentro de 72 horas. La consejera Marcela Rodríguez, diputada del ARI, favorece esta postura y considera que el otro proyecto en circulacuión "viola la ley de ética pública" y establece un procedimiento "engorroso" y es "hacer reglamentos para que nada cambie".

Por su parte, el consejero Claudio Kiper sostuvo: "El patrimonio de una persona forma parte de su intimidad que está legislada por la Constitución Nacional". Lo que es cierto, cuando se trata de personas privadas. Sin embargo, los funcionarios públicos están sometidos a un grado de escrutinio de la sociedad mucho mayor, exigencia elemental del sistema republicano.

Hay otras propuestas intermedias, como la de Quiroga Lavié, quien estima conveniente que los Consejeros analicen caso por caso los pedidos.

Sería bueno que sean los jueces los que den el ejemplo en materia de transparencia y ética pública, en lugar de esconderse en temores infundados y viejos privilegios.

Comentando comentarios

Si bien es un post viejo, quiero reenviarlos a uno publicado en octubre referido a el fallo ATA c. Gobierno de la Ciudad de la Corte Superma de Justicia de la Nación, en donde el tribunal decidió convalidar una ley de la ciudad que prohíbe a los canales de televisión difundir las encuestas a boca de urna hasta tres horas después de cerrados oficialmente los comicios.

Allí se generó un lindo debate sobre el control de constitucionalidad como última ratio del orden jurídico, y una lectora nos hizo recordar que muchas veces criticamos a los jueces por no declar la inconstitucionalidad de una norma cuando lo creemos necesario, y nos olvidamos de los legisladores que sancionaron la ley en primero término.

Otro comentario muy bueno es el dejado por Diego Goldman referente a los motines en Francia.

Diego dijo:

"Reconocer a los inmigrantes exactamente los mismos derechos y obligaciones que a los nativos sería un buen comienzo para empezar a dejar de lado muchas medidas esencialmente discriminativas que se han dispuesto so pretexto de lograr la 'integración'."

Concuerdo.

Y, por último, una duda dejada por un lector Anonymus en el mismo post.

"¿Qué es una 'integración a la francesa'?"


El punto no estaba correctamente explicado en el post original.

Si bien es una frase utilizada por el ministro del interior francés, Nicolás Sarkozy, creo comprender qué es lo quiso decir este funcionario, particularmente si lo relacionamos con la política de prohibición del velo islámico en las escuelas públicas francesas que él defendió.

La política "del velo" se basa en el supuesto laicismo francés, caracterísitico desde el momento en que se fundó la República, en los tumultuosos años de la toma de la Bastilla.

Pero también pretende que todos los ciudadanos franceses se acostumbren a vivir la "egalité" (igualdad) desde la escuela misma. Propósito noble si los hay. Me viene a la mente una canción del genial Bob Dylan llamada My Back Pages, que dice así:

A self-ordained professor's tongue
Too serious to fool
Spouted out that liberty
Is just equality in school

(...libertad es tan solo igualdad en la escuela...)

Sin embargo, lo que Francia quiere hacer no es "incorporar" a los inmigrantes, que por supuesto arrastran consigo una cultura diferente. Políticas como las de la "ley del velo" muestran que Francia pretende "asimilarlos".

"Asimilar: Dicho de una cosa: ser semejante a otra." (Diccionario de la Real Academia Española).

Cabe preguntarse si es esa la idea de convivencia que es necesaria para un mundo en el que las fronteras cada vez son más borrosas y donde el fenomeno de la inmigración es tan trascendente como imparable. La cuestión no parece pasar por hacer "del otro" alguien similar a "nosotros", sino por aprender a convivir en una sociedad multiculturalista que no sólo evite rechazar las diferencias sino que las abrace en la confianza de que ello puede ser una experiencia enriquecedora.

Prohibir el velo es intentar ocultar aquello que el otro tiene de diferente. Si no aprenderemos de diferencias y tolerancia en el ámbito formador de la escuela, ¿dónde lo haremos?

La escuela crea ciudadanos. Tal vez, la discriminación hacia los inmigrantes e hijos de inmigrantes que habitan los suburbios de París se explique por la política de integración "a la francesa" con la cual se educaron los actuales funcionarios y ciudadanos de ese país.

Esa política que busca borrar las diferencias.

Los autos quemados muestran el fracaso de la misma.

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La canción citada, cantada por Eric Clapton, George Harrison, Neil Young, Tom Petty y Bob Dylan (no, no es broma). La letra completa, aquí.


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viernes, noviembre 11, 2005

Coincidencias


Este es un gran hombre. El otro no.

(¿Quien es éste y quien es el otro? Si quiere opinar, hágalo en la sección comentarios de este post: no sea vago, supere el miedo a la clave anti spam).

jueves, noviembre 10, 2005

Judith Miller se va del NYT

La periodista Judith Miller, quien estuvo varios meses en prisión por negarse a revelar una fuente obtenida en la preparación de una nota, se desvinculó del New York TImes, el diario más prestigioso de los Estados Unidos.

Si bien en un primer momento todos salieron a defender el derecho de la periodista a resguardar sus fuentes de información, el caso siempre estuvo rodeado de "algo turbio" que tardó varios meses en salir a la luz. Miller había recibido de una fuente de la Casa Blanca el nombre de una agente secreta de la CIA que resultó ser la esposa de un diplomático norteamericano que dejó a Bush como un perfecto idiota o un sublime mentiroso mediante un artículo publicado en el Times.

La historia es así -relatada en I&L el 28 de junio pasado.

"El marido de Valerie Plame, Joseph Wilson, es diplomático y tienen una larga carrera en el servicio exterior estadounidense. En 2003, Wilson - quien estuvo en Nigeria investigando una posible venta de uranio a Iraq - criticó el discurso del estado de la unión dado por el presidente George Bush, quien acusó a Iraq de querer comprar uranio en África. Pocos días después, la acusación fue más concreta: el uranio habriá querido ser complrado en Niegria.

En respuesta a esta insinuación de Bush, Wilson publicó un artículo en el New York Times el 6 de julio de 2003 con un título más que evidente: "Lo que no encontré en Irak". Allí acusó al gobierno de Bush de mentir y de manipular datos de inteligencia sobre el programa de armas de Saddam Hussein para justificar una invasión a ese país".

De más está decir que el discuso del "estado de la unión" es el más importante que puede dar el presidente de los Estados Unidos. Ante el ridículo en que fue dejado el presidente, un funcionario obsecuente reveló que la mujer del diplomático díscolo era agente de la CIA, lo que está penado por la ley y puso fin ipso facto a la carrera de la dama involucrada en el mundo del "recontra espionaje".

Hoy se sabe que quien reveló la fuente a la periodista del Times fue Lewis Libby, el chief of staff del vice presidente Dick Cheney. Este sujeto esta hundido hasta el cuello en problemas legales, y el escándalo amenaza al vice presidente mismo.

El secreto de las fuentes constituye una de las prerrogativas necesarias que deben tener los periodistas, ya que la posibilidad de mantener en anonimato a las fuentes es la única manera de que hablen aquellos que tienen algo que decir pero temen represalias. Una garnatía de este tipo permite un aumento en la cantidad de información que circula, con el consiguiente beneficio que ello importa para la sociedad por ampliar el acceso a la información.

Sin embargo, en el caso, la periodista fue utilizada -con o sin su complicidad- como medio para cometer un acto ilícito: no solamente la revelación de la identidad de un agente secreto sino el chantaje y el descrédito de una figura pública opositora a las posiciones del gobierno.

Esta peculiar circunstancia lleva a preguntarse si la garantía referida a la protección de las fuentes debe interpretarse en forma absoluta. Al respecto, un post en Balkanization de hace algunos meses que comentamos con anterioridad se aboca al análisis de la cuestión. Decía en su momento David Solove:

"La prueba debe ser si la revelación está relaizada en interés público. Aplicando la teoría del acto cirminal deja al gobierno demasiado poder para callar a los posibles informantes. Después de todo, el gobierno puede criminalizar cualquier filtración o aumentar las penalideades y castigar a los informantes forzando a los periodistas a revelar sus identidades. La mejor aproximación es , en mi opinión, una prueba que evalúe el interés público de la cuestión, no atada la prueba a si la filtración es o no un crimen".


Y nosotros decíamos:

"Es claro que la criminalidad del acto no puede jugar un rol decisivo, ya que, como afirma Slove, es el gobierno el encargado de decir qué constituye delito, y podría considerar que todo lo relacionado con el manejo interno de un órgano del estado es un bien jurídico que merece protección. Es por eso que el respeto del secreto de las fuentes debería centrarse primordialmente en aquellos casos en los que la información develada responda a un interés público que hace que sea más importante el conocimiento sobre el hecho que su castigo penal.

Este standard no sería cumplido en el caso, donde difícilmente pueda encontrarse un interés público en la divulgación de la identidad de un agente secreto de la CIA".

Hoy, Judith Miller se retira del Times, peleada con sus editores y recibiendo duras críticas de compañeros de redacción, quienes señalaron la falta de seriedad profesional en sus reportajes y en el modo en que recababa información. The New Republic se mofa irónicamente de ella.

La acusación que subyace es la de complicidad con el gobierno, uno de los peores pecados en los que puede incurrir un periodista.

Remember Página?

miércoles, noviembre 09, 2005

Se veía venir, François


Francia arde en las llamas del conflicto social generado en los suburbios parisinos.

La ciudad de las luces, donde Hemingway escribió alguno de sus mejores libros, está rodeada por barrios habitados mayormente por inmigrantes e hijos de inmigrantes del norte de África. Allí, Francia tuvo -hasta mediados del siglo XX- colonias donde supo aplicar la tortura como método normal para luchar contra los impulsos independentistas de los rebeldes algerinos.

El ministro del interior Nicolás Sarkozy dijo que el modelo de integración "a la francesa" ha fracasado. Como buen animal político, supo ver que era necesario cambiar rápidamente su posición anterior. Es que Sarkozy fue uno de los principales impulsores de la prohibición del velo islámico en las escuelas públicas francesas. En razón de que atacar el uso del velo solamente era palmariamente discriminatorio, no se tuvo mejor idea que prohibir todos los símbolos religiosos ostensibles: el kipá y la cruz cristiana también dejaron a sus rebeldes portadores al borde de la sanción de las autoridades escolares.

El caso planteó una vez más la siempre difícil relación entre el principio de separación entre Iglesia y Estado y la libertad de profesar el culto sin restricciones arbitrarias. En Francia se alegó el tradicional laicicismo francés para justificar la medida, pero lo cierto es que a veces, la supuesta neutralidad ante el fenómeno religioso adopta formas hostiles hacia el mismo.

Por supuesto que las largas noches de incidentes y vehículos quemados no son consecuencia exclusiva de esa política escolar. Como dijo Sarkozy, se debe al fracaso general de la política de integración "a la francesa", política de la que la prohibición del velo islámico es tan solo un botón que sirve de muestra. Además, es imposible olvidar a la exclusión económica y el trato discriminatorio como aspectos trascendentes de la "bronca" que motiva la reacción violenta de lso ciudadanos.

En junio dijimos:

"...detrás de este tipo de disposiciones se esconde el miedo francés a la creciente comunidad musulmana -que algunos dicen se expresó en el NO a la Constitución europea..."


Si es el miedo el que va a reemplazar a la razón a la hora de resolver el fondo del problema, creo que en Francia pueden ir esperando muchas noches más de masivos incendios de autos.

martes, noviembre 08, 2005

Finalmente, decidirán Hamdan (those bastards...)

Este blog parece tener influencias insospechadas. La Suprema Corte de los Estados Unidos decidió conceder el certiorari en el caso Hamdan v. Rumsfeld, comentado en un post anterior.

Para quienes no sepan, un writ of certiorari es un escrito pidiendo al tribunal superior que revise el caso decidido por un órgano inferior. Al conceder el certiorari, lo que la Corte hace es aceptar revisar el caso, lo que es bastante teniendo en cuenta que la Suprema Corte rechaza la gran mayoría de los pedidos de revisión que recibe cada año.

El flamante chief justice Roberts no intervendrá debido a que integró el tribunal de segunda instancia que decidió el caso (y cuya sentencia -en cierto sentido- se 'apela' ahora).

En The Volokh Conspiracy, tienen una teoría loca: los abogados de Hamdan podrían pedir a Roberts que participe de la decisión. Es que si la Corte termina fallando con un empate 4 a 4, la sentencia de segunda instancia permanecería, en cuyo caso, la recusación de Roberts no serviría a los intereses de su representado.

Si interviene, la historia podría ser distinta. Si bien las posibilidades de que el juez cambie el sentido de su decisión son muy bajas, la sentencia anterior fue decidida considerando precedentes de la Corte Suprema que obligaban a Roberts y que ahora -debido a su nueva posición- podría cambiar.

Por el otro lado, si se excusa Roberts no podría intervenir en las sesiones de discusión ni influir en los demás jueces, cosa que no ocurriría si participase. Desde el punto de vista político, una decisión 4-4 es mejor que un 5-4 a favor del gobierno, que definitivamente establecería un precedente de peso.

En fin: meras especulaciones de la blogósfera que indican el interés y la expectativa por la decisión del tribunal en este caso, que -según Balkanization- tendría lugar durante el actual período del tribunal.