La doctrina Campillay es el nombre con que se conoce a una serie de reglas elaboradas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Campillay c. La Razón (1986). En el caso, la Corte decidió que correpondía resarcir por daño moral a una persona consignada por varios medios como el autor de diversos delitos respecto de los cuales fue finalmente sobreseído.
Cabe realizar un anáilsis profundo del caso, particularmente de la disidencia del Dr. Caballero.
Pero por ahora, me limitará a recordar que la Corte estableció allí que, para no ser responsabilizado por la información falsa difundida por una fuente oficial, el medio de comunicación debe cumplir alguno de estos tres requisitos:
a) citar la fuente,
b) no nombrar al involucrado o
c) utilizar una forma de verbo potencial.
Esta doctrina tuvo desarrollos posteriores, y en alguna oportunidad la Corte adoptó el standard de la real malicia para juzgar los casos de responsabilidad por actos cometidos por la prensa. Pero sigue vigente. Si no, veamos como Clarín trató en su edición del sábado la noticia sobre el arrresto de la hija de un juez en lo Civil que el diario Perfil (el domingo) no tuvo empacho en identificar. Transcribimos la nota completa, y marcamos en negrita los sitios donde la doctrina Campillay se ve aplicada en plenitud.
Sólo un ejemplo. Tal vez existió un uso demasiado extenso del potencial, lo que indicaría que se trata de un caso en el que la noticia se construyó desde el cable, sin chequear las fuentes.
Más allá de eso, se trata de un caso en el que vemos a la doctrina Campillay en plena acción.
Cabe realizar un anáilsis profundo del caso, particularmente de la disidencia del Dr. Caballero.
Pero por ahora, me limitará a recordar que la Corte estableció allí que, para no ser responsabilizado por la información falsa difundida por una fuente oficial, el medio de comunicación debe cumplir alguno de estos tres requisitos:
a) citar la fuente,
b) no nombrar al involucrado o
c) utilizar una forma de verbo potencial.
Esta doctrina tuvo desarrollos posteriores, y en alguna oportunidad la Corte adoptó el standard de la real malicia para juzgar los casos de responsabilidad por actos cometidos por la prensa. Pero sigue vigente. Si no, veamos como Clarín trató en su edición del sábado la noticia sobre el arrresto de la hija de un juez en lo Civil que el diario Perfil (el domingo) no tuvo empacho en identificar. Transcribimos la nota completa, y marcamos en negrita los sitios donde la doctrina Campillay se ve aplicada en plenitud.
SU PADRE SERIA MIEMBRO DE LA CAMAR CIVIL
Detienen a la hija de un juez por una seguidilla de robos
La hija de un juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, según consignó anoche la agencia Télam, fue detenida ayer a la tarde en Haedo cuando viajaba junto a dos hombres en un auto robado. La mujer quedó acusada de haber participado en el robo de ese coche y en otros tres asaltos, dijeron fuentes judiciales.
La acusada tiene 29 años, es abogada y su padre sería uno de los camaristas civiles más conocidos de la Capital. En el coche donde la detuvieron la Policía encontró una ametralladora de juguete que habría sido usada para amenazar a las víctimas de los asaltos que se le adjudican.
Según fuentes del caso, la detención se produjo en Joaquín V. González y Lomero, en Haedo (Morón). La Policía detuvo el Fiat Uno bordó en el que iba la joven y descubrió que el auto había sido robado a mano armada la noche anterior en Ramos Mejía. Al identificar a los ocupantes del coche, los policías determinaron que la mujer era hija del juez.
Los investigadores establecieron luego que la mujer y los dos hombres habrían usado el auto para ir a robar un negocio —sería un puesto de diarios— en Villa Sarmiento, cerca de las 10.30 de ayer. Allí no habrían hallado dinero y habrían golpeado al canillita. Después, la mujer y sus acompañantes habrían asaltado a un militar retirado en Ramos Mejía. Por último, habrían continuado el raid cerca de la estación de Haedo, donde habrían robado en un maxiquiosco de General Actis al 1500.
Los detenidos fueron llevados a la comisaría de Haedo, donde se habría confirmado la identidad de la mujer. La causa fue puesta en manos del fiscal Adrián De los Santos, quien habría certificado que la descripción de los arrestados coincide con la de las personas que robaron el auto a mano armado.
Los tres sospechosos quedaron detenidos, imputados de los delitos de "robo calificado por uso de arma falsa en tres oportunidades, lesiones, resistencia a la autoridad y robo automotor". De los dos hombres que acompañaban a la mujer sólo trascendió que tendrían 32 años, y se investigaba si tenían antecedentes.
Sólo un ejemplo. Tal vez existió un uso demasiado extenso del potencial, lo que indicaría que se trata de un caso en el que la noticia se construyó desde el cable, sin chequear las fuentes.
Más allá de eso, se trata de un caso en el que vemos a la doctrina Campillay en plena acción.
3 comentarios:
Justo estoy estudiando esto.
Me re servio.
Gracias.
Lo mismo yo, mañana rindo humanos sobre esto también.
Gracias.
Muy buen aporte para los que, como yo, estudiamos Comunicación y no entendemos mucho de Derecho.
Gracias.
www.enfoqe.blogspot.com
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