jueves, julio 20, 2006

I say kill that dog, boy!

¿Los animales tienen derechos? Gustavo Arballo responde negativamente a esta pregunta, y yo suscribo su opinión. El derecho, como dice él, es "antropocéntrico": está construido alrededor de las personas.

Recuerdo que en el curso de ingreso a la UCA el profesor que daba la materia "Introducción al Derecho" explicaba que las corridas de toros fueron prohibidas en nuestro país no en defensa de algún supuesto derecho del animal, sino por los sentimientos (la famosa sed de sangre) que éste tipo de espectáculos generan en los aficionados. Debo decir que siempre me opuse a las corridas de toros, hasta que vi una.

Toda esta reflexión surgió a raíz del caso de un perro de Lima, Perú, que asesinó a mordidas a un ladrón que ingresó a robar en la casa de su dueño. Por su evidente peligrosidad, se decidió sacrificarlo, pero muchos resisten la medida. Gustavo entiende que la clave está en un análisis de razonabilidad constitucional. Dice:

Entonces, para evaluar la razonabilidad de la medida tendremos que proseguir a través de una línea de preguntas tendientes a discernir, en el caso:

(a) la existencia de un fin constitucionalmente legítimo como fundamento de la interferencia en la esfera de los derechos;

(b) La adecuación o idoneidad de la medida adoptada en orden a la protección o consecución de dicho fin;

(c) La necesidad de la intervención, del sacrificio o afectación del derecho que resulta limitado, mostrando que no existe un procedimiento menos gravoso o restrictivo;

(d) La proporcionalidad en sentido estricto, que supone ponderar entre daños y beneficios. Para que una injerencia en los derechos fundamentales sea legítima, el grado de realización del objetivo de intervención debe ser por lo menos equivalente o proporcional al grado de afectación del derecho fundamental. Se trata, por tanto, de la comparación de dos intensidades o grados: la realización del fin de la medida examinada y la afectación del derecho fundamental.

Y luego aplica la regla al caso concreto. Plenamente de acuerdo.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Completamente en desacuerdo. El perro sólo era pelígroso para quien ingresare a la casa sin autorización del dueño. Es un caso similar al de las defensas mecánicas predispuestas, las cuales se consideran un medio legítimo de defensa en tanto el peligro pueda ser advertido por el invasor.
Si el perro no anda suelto por la calle, no me parece que sea peligroso per se como para justificar su sacrificio. Dentro de la casa de su dueño, insisto, no implica ningún peligro para terceros... ¡excepto que esos terceros se introduzcan subrepticiamente en la casa contra la voluntad del dueño!
Creo que si el dueño advierte el peligro (el famoso cartel de "cuidado con el perro") y lo saca a la calle con bozal, no existe ningún peligro para terceros. Es el propio intruso que decide ingresar a robar quien asume el peligro de ser atacado por el dueño en defensa de su propiedad.
De cualquier modo, estar a favor del sacrificio del animalito no hace más que confirmarme que ustedes nunca tuvieron un pichicho ;)

Saludos!!!

P.D.: Obviamente el del último párrafo no es un argumento jurídico que pueda ser rebatido.

Anónimo dijo...

1. El ejercicio legítimo de defensa depende de la proporcionalidad de los medios: sólo se admite el daño en la medida necesaria para repeler la agresión o intrusión. Una defensa predispuesta, o un perro, pueden matar a un niño que entró a buscar una pelota.

2. Sobre la PD. Incontestable: no hay ningún argumento jurídico a refutar. Pero sí tuve perro. Y murió de viejo en mis brazos. Oops, ahora me quebré. Pero -ponele- que uno se emocione mal cuando por peligro de derrumbe van a demoler la casa en que se ha criado no significa que los ladrillos tengan "derechos" jurídicos, y con los animales pasa lo mismo.

3. Si leés la entrada original de mi blog, ni siquiera estoy a favor del sacrificio del perro. Usamos el caso como ejemplo inhabitual para explicar el funcionamiento jurídico de un test, y por eso me pregunto si no hay medidas menos restrictivas que pudieran asegurar la evitación de daños ulteriores a otras personas.

Anónimo dijo...

Ooops, que polémica.

En primer lugar, nunca tuve un perro, es cierto, pero los quiero igual!!! En segundo lugar, es cierto que habría que analizar medidas menos restricitivas que no lleguen a eliminar al perrito. Pero no creo que el hecho de estar dentro de una casas cerrada lo haga seguro, siempre existe la posibilidad de que se escape o de que --como dice Gus- un chico entre al jardín a buscar una pelota o algo. Es muy raro qye un perro MATE a un ser humano. Habría que investigar cuánto hay de instinto en el animal (pasa con los Rotwailers y los Dogo, por ejemplo) y cuanto de entrenamniento del dueño.
Salvando las distancias, ¿se acuerdan del tipo ese que le puso 220 V al enrejado de su casa? Cuando un pibe fue a recuperar la redonda cayó fulminado al piso.
Interesante discusión, de todos modos, ¿no?

Anónimo dijo...

Habría que ver cómo fue el caso concreto. Pero en principio el argumento del niño que entra a buscar la pelota no me parece decisivo: dependerá de que tan fácil sea ingresar a la casa. Si el predio está bien cercado y sólo es posible acceder mediante, por ejemplo, una escalera, me parece poco probable que un niño intente ingresar sin avisar al dueño (no veo al niño en cuestión yendo a buscar una escalera o un equipo de alpinismo para sortear un paredón de cuatro metros, sería más sencillo tocar el timbre y pedir "por favor señora, ¿me alcanza la pelota?"). Si el ingreso al predio es de fácil acceso, en ese caso sería igualmente probable que el perro escape a que el niño ingrese, pero en este caso el problema no está en el perro, sino en la escasa protección del terreno.
En el caso del paredón de cuatro metros me parece que el perro no significa un peligro que no pueda ser tenido en cuenta por quien intenta ingresar a la casa, y la posibilidad de ataques accidentales me parece estadísticamente desechable.
En el segundo caso, supongamos que el predio está cercado por una ligustrina en mal estado, el problema tampoco es el perro, sino la combinación del perro con el deficiente cercado, en cuyo caso pueden adoptarse soluciones menos gravosas que matar al perro.

Aclaro que nunca tuve perro, siempre tuve gatos, que son más inofensivos, pero gracias a mi novia he adquirido cierta simpatía por los canes.

Anónimo dijo...

Uy... que discusión. Si, tenés razón en que habría que ver las circunstancias del caso. Y es cierto que seguramente se puede llegar a una solución menos grave que sacrificar al pobre animalito. De hecho, como nos informa Gus, así sucedió finalmente.

Pero, de todos modos, se me hace que un perro que mata a un ser humano es peligroso y el hecho de que esté encerrado o que la víctima sea un ladrón no lo hace menos peligroso para terceros... bueno, al menos aceptemos que accidents may happen.

Pero acepto la razonabilidad de vuestro punto de vista y te doy la derecha por ser más penalista que yo. Yo hace muuucho que dejé esos libros.

Por último, lo que rescato, es el hecho de que los animales no tienen derechos.

Y para que no me acusen de querer matar a todos los perros, les dejo un link a una foto del perro del vecino de mi quinta, que es casi como si fuera mío al menos cuando vamos y nos instalamos más de 10 minutos.

http://www.flickr.com/photos/raxphotos/13416196/

Lindo bicho.