martes, agosto 09, 2005

"¿Quien es Ud. para controlarme?", dicen en el RU.

Jurist informa que David Blunkett, ex Home Secretary del gobierno de Tony Blair (una especie de ministro del interior), criticó a los grupos de abogados de derechos humanos que tienen intenciones de atacar judicialmente las leyes de deportación tratadas en el Reino Unido luego de los atentados de julio pasado y advirtió a los jueces sobre el camino que éstos podrían seguir.

Blunkett sostuvo que los jueces no tienen nada que ver en la decisión sobre las políticas de seguridad que puede implementar el gobierno. Sostuvo:

"Si el Poder Judicial dice: 'Creemos que el parlamento estuvo equivocado y por lo tanto el voto democrático es equivocado'.... Obviamente tenemos el derecho de volver al parlamento y decir 'Nosotros, el cuerpo soberano que es elegido, somos al final los únicos que debemos responder por la seguridad y la estabilidad de nuestro país'. Nosotros tomaremos esa decisión".


Parece un llamado a la "deferencia" del Judicial hacia las decisiones que el ejecutivo tome como respuesta a los ataques terroristas.

Esta postura ejemplifica una de las discusiones más importantes del derecho cosntitucional y la teoría política de la democracia.

¿Por qué un poder que no es elegido por el pueblo tiene derecho a determinar que las leyes que el pueblo produce a través de sus representantes son inconstitucionales? Es una pregunta difícil que atrae muchas respuestas divergentes.

Pero -en mi humilde opinión- la razón que justifica un sistema de éstas caracterísiticas se resume en estos principios:

1) el Poder Judicial tiene cierto grado de representatividad en la medida en que es elegido por los representantes del pueblo.

2) el Poder Judicial está compuesto por tribunales que deben resolver las cuestiones -en teoría- de acuerdo a la ley y al derecho, estándo la Constitución en la cima del ordenamiento jurídico según el cual deben fallar.

3) el Poder Judicial -por sus características particulares- no está sujeto a los cambios de humor de la opinión pública, y es el poder que menos riesgo tiene de caer en la "lógica del miedo" con que suelen actuar los gobiernos y pueblos que se ven atacados.

Ante una suituación como la de EE.UU en 2001, España en 2004 y Gran Bretaña en 2005, la primera respuesta de los gobiernos suele estar fundada en el miedo. Y si el miedo no es buen consejero para la acción, menos lo es cuando los que deben actuar son funcionarios públicos que deben legislar en pos del bien común.

El sistema de control judicial de las acciones de gobierno funciona bastante bien en los paises que lo adpotaron, siguiendo el ejemplo de los EE.UU y su famoso caso Madbury vs. Madison (1803).

Es una garantía en contra del absolutismo de los gobernantes, quienes saben que deben actuar dentro del marco legal y según los principios del estado de derecho (rule of law), ya que, en caso contrario, sus políticas corren el riesgo de ser "dejadas de lado" por los tribunales.

De no exisitir un sistema de este tipo, las revoluciones del siglo XVIII y XIX sólo habrían logrado cambiar al absolutismo monárquico por el "absolutismo republicano", en -siguiendo a Marshall de memoria en el caso Madbury- "un vano intento de limitar un poder por su misma naturaleza ilimitable".

Absolutismo republicano. Estos dos últimos términos implican hoy una grosera contradicción, y en gran medida se debe al control judicial de constitucionalidad.

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